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jueves, 14 de julio de 2011

LA ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA

En un artículo anterior, hemos mencionado los artículos 42 y 43 de la ley de educación superior, en los que se hace referencia a la cumplimentación de tres condiciones por parte de las instituciones formadoras del recurso humano profesional : la carga horaria mínima, los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre la intensidad de la formación práctica.                                               Desarrollaremos a continuación cada uno de ellos.

LA CARGA HORARIA MINIMA                        

Si se piensa que la estructuración de un currículum y la determinación de los contenidos de sus asignaturas, constituye el broche de la programación educativa de una escuela de odontología, es porque tal vez no se ha comprendido de manera cabal el sentido eminentemente político que debe animar a quienes poseen la enorme responsabilidad de fundar una institución educativa, o de evaluarla para su acreditación.   La formulación de un conjunto de materias o areas temáticas con sus correspondientes contenidos, representa el " que " de un proceso educativo. Si se analiza la metodología a través de la cual se transmitirá el conocimiento y luego se evaluará el alcance de los objetivos propuestos, debemos saber que ello representa el " como " del proceso. Sin embargo, no puede considerarse cerrado el círculo si no se explicita un orden curricular y una asignación de espacios temporales para cada area curricular y para cada materia. Esta decisión, que representa el " cuando " del proceso, constituye el arma que determina el peso que cada sector impronta en el programa global.  Es sabido que la duración de una carrera universitaria, no puede exceder ciertos límites de tiempo que la comunidad conceptúa como razonables para el alcance de los objetivos planteados, pero a nadie escapa que cuando se fija una carga horaria para un area o asignatura específica, ésta debe guardar una relación armónica con las otras areas o asignaturas en cumplimiento de una política educativa, y que cuando se incrementa dicha carga para un sector curricular en particular, debe hacerse en desmedro de otro, y ello puede alterar el sentido de dicha política.                                                                  
Basta con reproducir la recomendación N° 4 de la Asociación de Escuelas Dentales de los EE.UU de Norteamérica, en conjunto con el Instituto de Medicina (IOM) cuando propone "eliminar los contenidos marginalmente útiles y redundantes y reducir las cargas de cursos excesivas", incluyendo pasos como : 
1.- Diseñar un programa de estudios integrado de ciencias básicas y clínicas, que proporcione una educación clínicamente relevante en ciencias básicas y una educación con base científica en la asistencia clínica. 
2.- Incorporar en todas las actividades educativas, un enfoque sobre los resultados y un énfasis en la relevancia del conocimiento y el pensamiento científico para las opciones clínicas. 
3.- Dedicar menos horas del programa de estudios a las exposiciones teóricas, y más a los seminarios guiados y otras estrategias de aprendizaje que desarrollan el pensamiento crítico y las técnicas para la solución de problemas.
4.- Identificar y disminuir las horas dedicadas a las técnicas preclínicas de poca prioridad, el trabajo de laboratorio y las exposiciones orales.
5.- Complementar las horas clínicas, con tiempo asignado a la discusión de diagnósticos específicos, a la planificación, y a los asuntos relacionados con la conclusión de tratamientos que surjan en las sesiones clínicas.

Bastaría tán solo con éste ejemplo, para darnos cuenta que, con idénticos contenidos, puede cambiarse el eje director de un plan de estudios con solo alterar las relaciones temporales de sus partes constitutivas. El criterio que define la carga horaria mínima de una carrera, se basa en la "garantia de una adecuada formación del graduado, respetando los alcances asignados al título, e implica que dicha carga horaria debe alcanzar un quantum, que se estime como el adecuado a la jerarquia del mismo y a su prestigio académico", pero por sobre todas las cosas, que permita delinear el perfil profesional que la comunidad requiere para dar solución a los problemas que plantea un determinado area del conocimiento y de los servicios que lo asisten.  La determinación por tanto, de la duración en horas de una carrera, no será otra que la sumatoria de la duración de cada una de las actividades que conforman los contenidos curriculares básicos, obviando las repeticiones, los cursos de refresco y la currícula oculta, que no deben formar parte de dicha carga.

         Continuará.                                                                                                                                   

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