jaitt odonto social

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sábado, 14 de marzo de 2020

LA BIOETICA EN LA PRACTICA ODONTOLOGICA

La humanización de las profesiones de la salud, más allá de la mera aportación científica y técnica, es una de las preocupaciones y de los mayores dilemas que enfrentan en el presente.
A ésta situación, se arriba a través de un largo proceso que desde una concepción individual de la moral, desemboca en una verdadera ética social, reemplazando el paternalismo vigente desde el medioevo, por una nueva cultura legalista que transforma los principios morales, en códigos cada vez más normativos y jurídicos.
El " Ethos ", que en la antígua grecia definía el órden natural de la vida humana, y que aceptaba como justo lo que se ajustaba a ese órden, dió la base al nacimiento de las ciencias morales que rigen la conducta humana y que dan orígen al concepto de " Etica ".
Como en cualquier actividad humana, el cuidado de la salud a través de las ciencias que la abordan, también fué alcanzado por los dictados de la ética, lo que trajo aparejado el fin del paternalismo médico surgido en consonancia con el juramento hipocrático.
A éste respecto, y según los escritos del siglo XVIII, el profesional de la salud debe "querer" el bien de sus enfermos, aún prescindiendo de su voluntad, ya que "el enfermo no posee  autonomía moral".  Responsabilidad moral, e impunidad jurídica, enmarcaban el accionar de la medicina, tanto como el del sacerdocio o la realeza. El profesional debía someterse a la ley médica y a nadie más.
Pero, al decir de LAIN ENTRALGO, no hay ciencias puras y la medicina tampoco lo es. Todas ellas "se hallan condicionadas por la estructura social en que se desarrollan, y en muchos casos, influenciadas por el poder político o económico y por las creencias individuales o colectivas".
En ese esquema, la resolución de problemas morales es tan importante y tan difícil como arribar a un correcto diagnóstico, o tomar decisiones terapéuticas acertadas.
El criterio de proporcionalidad debe gobernar el accionar del profesional de práctica y del científico. El profesional de la salud tiene la obligación de cuidar la salud de sus pacientes, pero no a cualquier precio, y el accionar de las profesiones a través de los tiempos, va creando un cúmulo de normas de conducta y principios morales cuyo ajuste permanente condiciona el accionar humano. La ética no solo se posee, también se construye.
En el área de las ciencias de la salud, el concepto de BIOETICA resume el criterio hasta aquí expuesto.
El término "Bioética", es un neologismo acuñado por POTTER en 1971, al que definió como "el estudio sistemático de la conducta humana en el área de las ciencias de la vida y de la atención de la salud, en tanto que dicha conducta es examinada a la luz de los principios y valores morales".

LA ETICA INSTITUCIONALIZADA

                                                             Desde la más remota antiguedad, hubo una tácita aceptación sobre la importancia de la ética en todos los órdenes de la actividad humana, y se la consideró desde siempre un requisito para todos aquellos emprendimientos de naturaleza comunitaria o social en los que estuviera en juego el bien común.
La salud y la vida, son tal vez ejemplos paradigmáticos de lo que debe entenderse como "bien común", y cuando el Estado se impone su regulación, pasan a convertirse en derechos.
Sin embargo, el reconocimiento e instrumentación como derechos de éstos principios esenciales, arranca con la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, dictada por la Organización de las Naciones Unidas en 1948.
Esta declaración, no obstante representar un hito en la materia, se fundamentó en una serie de estudios y publicaciones referidos a la normativa moral individual y colectiva.  Un antecedente insoslayable lo constituyen los escritos de John Locke en 1690.  En 1776, la declaración de independencia de los EE.UU de N.A y en 1789, la declaración de la Asamblea Nacional Francesa, institucionalizan los derechos humanos básicos, pero el sujeto de dichos derechos, tanto individual como colectivo, todavía era un invitado de piedra en su instrumentación.
Recién en el siglo XIX, aparece en el ejercicio de las ciencias de la salud en los EE.UU de N.A. el reconocimiento a la participación del paciente en la determinación y aceptación de los criterios impuestos por la ciencia. Ello da nacimiento al "consentimiento", que sin embargo todavía se hallaba consideráblemente acotado. Vale la pena recordar que las sanciones se aplicaban a los profesionales cuando se vulneraban sólo las normas médicas.
En el siglo XX se profundiza dicho reconocimiento al paciente, y a partir de los comienzos de su segunda mitad, se reconoce como deber ineludible del profesional la adecuada información al paciente para que el consentimiento tenga un verdadero sustento. Desde 1970 se lo incorpora como derecho constitucional para los enfermos y asociaciones de consumidares, dándose un fuerte fundamento político en la Comisión Presidencial de 1982.
Ya en 1973, la Asociación Americana de Hospitales aprobó los derechos del paciente, pero reservándolos sólo para cuando los enfermos participan en ensayos e investigaciones. En su artículo 9° dice: " El paciente tiene derecho a ser advertido si el hospital se propone  incluirlo en algún ensayo clínico relacionado con su asistencia o tratamiento, teniendo derecho a rehusar su participación en dichos proyectos ".
No debe olvidarse que dicha opción, se transfiere también a otros aspectos de la relación de las personas con las causas de morbilidad y con la elección de terapéuticas universalmente aceptadas.
Así puede hablarse de una "macrobioetica", aplicada al   ambiente que nos rodea y con sus relaciones con los seres que lo habitan (ecología) o entre ellos en particular (etología).
La "mesobioetica" que comprende los valores, actitudes y principios que deben presidir el accionar de los profesionales, y la "microbioetica" que se aplica al respeto del paciente y a la cumplimentación de todos los deberes inherentes al trabajo profesional.
Dicho artículo 9°, fué el resultado de una serie de consideraciones basadas en el Código de Nuremberg, surgido del juicio homónimo en 1946, y de un importante número de publicaciones sobre estudios experimentales inmorales.
En España, el Real decreto 944 de 1978 del Ministerio de Sanidad y Consumo, establece las bases de la investigación en humanos, constituyendo un verdadero ejemplo en su género.  En sus considerandos, manifiesta que " el ensayo clínico, en cualquier caso, será precedido por una experimentación galénica, farmacológica y toxicológca en animales, que constituye la base necesaria para salvaguardar, hasta donde es científicamente posible y desde el comienzo del ensayo, la integridad física y mental de las personas sometidas al mismo ".
En Argentina, el derecho a la vida aparecía implícito en el artículo 33° de nuestra Constitución, pero solo a partir de la reforma de 1994, quedó explicitamente encuadrado en los artículos 14, 41, 42, 75 y 125, reforzado con la incorporación con garantía constitucional del Pacto de San José de Costa Rica.
Sin embargo, ya desde 1979, a través de la Resolución 858 del Ministerio de Salud Pública, se normatizaba sobre la investigación en humanos, reproduciendo casi literalmente la Declaración de Helsinki de 1964.  Esta normativa no obstante, requería para su soporte legal, de acciones que se produjeron quince años después a través de la reforma mencionada y de mecanismos de control y ejecución como la ley 24742 de 1996, que estableció la obligatoriedad de existencia de los Comités Hospitalarios de Etica, cuya función abarca el asesoramiento, estudio, docencia y supervisión de la investigación, respecto de aquellas cuestiones éticas que surgen de la práctica de la atención hospitalaria.
Estos comités, de hecho ya venían funcionando en numerosas instituciones prestadoras de servicios de salud como el Instituto Nacional de Estudios sobre Virosis Hemorrágica de Pergamino, el Hospital Italiano de Buenos Aires, el Instituto Fatala-Chaben, el Hospital de Clínicas José de San Martín, el Hospital Pediátrico Humberto Notti de Mendoza, etc., sin contar los innumerables códigos de ética de instituciones científicas, colegios profesionales y el propio de la Asociación Internacional de Investigación Odontológica, que aclara en su Capítulo IV, que su objetivo "no consiste en restringir la práctica de las investigaciones científicas, sino de brindar principios generales para guiar la conducta de los científicos, e inspirarlos para que actúen de acuerdo con principios éticos en todas sus actividades profesionales".

EL ENSAYO CLÍNICO Y EL RECURSO TERAPÉUTICO

Si bien pareciera que la bioética debe referirse fundamentálmente a la investigación clínica y tambien a la del empleo de animales de experimentación, resulta ya universalmente aceptado que no habrá ética en la investigación si antes no se afianza en la práctica profesional.
También es cierto, que debe admitirse que la interpretación de lo que es la investigación clínica, no resulta fácil de objetivar en la medida en que el tramo que separa el recurso experimental del recurso terapéutico no es lineal, sino más bien una zona gris cuya amplitud depende del recurso en análisis.
El empleo de cualquier recurso terapéutico, aún el de aquellos que ya han superado las etapas y secuencias metodológicas previas a su aplicación en humanos, tales como la experimentación en animales, las pruebas químicas, físicas y toxicológicas, sigue constituyendo una verdadera prueba.  Ello obedece a factores de distinto orden, ya biológico, psicológico, social y a la propia individualidad bioquímica de la especie humana.
Basta con pensar que la misma aspirina, que calma el dolor y que previene la trombosis arterial, también puede producir el sindrome de Reyé, mortal en muchas de sus manifestaciones.
Basta con analizar los dispares y a veces contraproducentes resultados que se obtienen con la aplicación de métodos quirúrgicos, implantes, injertos, y otras terapéuticas, aún respetando las más precisas indicaciones y ajustando los procedimientos a los más estrictos protocolos.
La aplicación de cualquier recurso disponible, por tanto, debe siempre guardar los principios de la ética médica, respetando y valorando los conocimientos imprescindibles que la epidemiología y la clínica nos proveen, comenzando por una adecuada valoración de todos los parámetros y su constancia pormenorizada en una historia clínica.
Los ensayos clínicos controlados, en cambio, son instrumentos científicos diseñados para evitar y reemplazar las intuiciones, las corazonadas y el charlatanismo médico,por terapias experimentales llevadas a cabo agotando los medios de seguridad para el paciente.
La responsabilidad moral del profesional de la salud, es por lo tanto doble.  Como clínico, su responsabilidad médica le exige actuar en el mejor interés de sus pacientes actuales, y como investigador científico, obrar con la necesidad de generar conocimientos cuya aplicación beneficiará a futuros pacientes.
Cada actuación del profesional en su función clínica lo ubica en un sitial extremádamente vulnerable, y en su función de investigador, en una posición moralmente riesgosa.

LA BIOETICA Y LA PROFESION ODONTOLOGICA 

Si bien la odontología posee algunas características que la diferencian de la profesión médica, las normas de la bioetica alcanzan por igual a ambas profesiones, y en general, a todas las profesiones de la salud.
No obstante, las relaciones odontólogo-paciente, odontologo-odontologo y odontologo-comunidad, generan algunos dilemas propios o por lo menos comunes a nuestra profesión. Tanto el consentimiento informado, las medidas preventivas, la calidad de los servicios, la invasión tecnológica, las normas de auditoría, los modelos de atención, la estructura de costos, etc., han generado el número y complejidad de dichos dilemas, lo que ha producido un cambio en la toma de decisiones y en las propuestas y su materialización en políticas de saud bucodental, sin dejar de considerar el cambio sustancial que han experimentado las demandas de la población.
El replanteo de la publicidad a nivel profesional o de las industrias fármacoquimica y tecnológica, de la misma manera que la escasa justificación para la creación de nuevas instituciones formadoras del recurso humano fogoneadas en éstas últimas décadas por las propias entidades profesionales, con mecanismos de acreditacion muy laxos y con escasa consideración en sus currículas de la ética en sus distintos principios, son temas que todavía no han sido debídamente abordados y requieren un replanteo hacia el futuro.
El odontologo no puede estar ajeno a los grandes dilemas éticos, ni desde el punto de vista individual ni el de su integración inter y transdisciplinaria con los equipos de salud y de la seguridad social, pero tampoco debe abstraerse de sus responsabilidades inherentes a su trabajo y a su relación con los pacientes.
Las preferencias por determinadas prácticas, a veces influenciadas por el mercado de trabajo como por la presión publicitaria empresarial; la relación estética-función; la incorporación de procedimientos no debídamente probados y las formas de encarar los riesgos que asume como propios y como peligrosos para sus pacientes, deben incluirse entre los temas factibles de ser regidos por las normas y principios de la bioética que aluden a un sistema de valores que apunta a la perfección, al sentido de lo correcto y a la felicidad.
Pero la bioética, no debe interpretarse como un corsé sobre las decisiones y las  formas del ejercicio profesional, debiendo resguardarse la autonomía en la resolución de los dilemas, coincidan o no con el paciente, y que aunque no pongan en riesgo la integridad o la vida del mismo, deben asumirse responsáblemente sin crear falsas expectativas, sin recurrir a publicidad o consignas engañosas y sin someterse a un sistema mercantilista de explotación que desnaturaliza su función social.

EL CONSENTIMIENTO INFORMADO

La investigación clínica es indispensable para determinar la seguridad y eficacia de cualquier recurso terapéutico disponible, y el profesional debe gozar de libertad para utilizar nuevos métodos que a su juicio ofrezcan la esperanza de restablecer la salud, aliviar el sufrimiento y mejorar la calidad de vida de la gente, con los resguardos a los que ya hemos hecho referencia.
Al mismo tiempo, toda intervención preventiva, terapéutica o rehabilitadora, aplicada con plena conciencia del profesional y basada en evidencias previas y en su aceptación por la ciencia, tampoco debe desconocer la necesidad de su aceptación por parte de quien   se someterá a ella, y dicha aceptación requiere de su conformidad signada en un documento, hecho que establece un consenso mútuo, una responsabilidad compartida y un pacto de compromiso.
El consentimiento del paciente, es mucho más que un formulario o que una práctica defensiva ante posibles demandas por mala praxis.
Es ni más ni menos que una manifestación del respeto a la dignidad del enfermo y su familia.
El paciente tiene derecho a decidir lo que se hace con su persona, tiene derecho a que se le informe exhaustivamente sobre el procedimiento a que va a ser sometido, y la aceptación debe convalidarse con su firma, tanto en la historia clínica, en los protocolos, en el presupuesto y en el propio consentimiento.
Al mismo tiempo, es por demás conocido que cuando el paciente se informa adecuadamente e interviene en la decisión terapéutica, es más probable que acate las recomendaciones e indicaciones respondiendo mejor al tratamiento, sin contar su condición de eximente ante eventuales reacciones indeseables o fracasos.
Los Comités de Bioética, patrocinados para los establecimientos públicos de Argentina por la ley 24742, se deben abocar al análisis de una serie de temas que para nuestra profesión incluyen los relativos a :
                       EUGENESIA
                       EXPERIMENTACION EN HUMANOS
                       RELACION ODONTOLOGO-PACIENTE
                       CALIDAD Y VALOR DE LA VIDA
                       ATENCION DE LA SALUD
                       GENETICA
                       RACIONALIDAD EN EL USO DE LOS
                                                   RECURSOS DISPONIBLES
                       TRANSPLANTE E IMPLANTE DE ORGANOS
                                             MATERIALES E IMPLEMENTOS
                       DERECHO DE LOS PACIENTES
                       SECRETO PROFESIONAL

El Comité Hospitalario de Etica ( CHE ) es un organismo autónomo compuesto por un grupo de personas que se reunen para tratar los conflictos éticos que se producen en el ámbito hospitalario. Es un foro democrático y transdisciplinario al que se le solicita la toma de decisiones ante situaciones especiales y dilemas que se plantean en la relación profesional-paciente.
La finalidad esencial de los CHE, se centra en la docencia, la casuística y la normatividad, promoviendo cambios para la obtención de una medicina más justa y de una asignación de recursos con equidad y razonabilidad.

En Argentina, la asunción de la bioética como marco de todos los aspectos inherentes a la salud, se halla debídamente reglamentada en las distintas jurisdicciones del pais a través de distintos organos legales que exponemos a continuación :

                 NACIONAL            Ley 24742
                 BUENOS AIRES    Leyes 11028, 11044,12347, 13066
                 CATAMARCA       Ley 5057
                 CHACO                   Ley 4781
                 CORDOBA              Ley 9011
                 JUJUY                      Ley 5009
                 NEUQUEN              Ley 2327
                 RIO NEGRO            Ley 3099 
                 SANTA FE               Ley 12391
                 TUCUMAN              Ley 6507
                 MENDOZA              Ley 7398
                 CHUBUT                  Leyes 4545, 4950
                 CORRIENTES         Ley 5527
                 ENTRE RIOS           Ley 9501
                 FORMOSA               Ley 1255
                 LA PAMPA              Ley 1363
                 LA RIOJA                 Ley 8032
                 MISIONES                Ley 2207
                 SALTA                      Ley 7311
                 SAN JUAN               Ley 7746
                 SANTA CRUZ          Ley 2656
                 SANTIAGO DEL
                              ESTERO       Ley 6581
                 TIERRA DEL
                                   FUEGO    Leyes 509, 554
                 SAN LUIS                 Decreto 5495
                 CABA                        Resolución 1154
                 MERCOSUR             Resolución 58/01
                 ANMAT                    Disposición 5330
                 PARTIDO DE
                 GENERAL
                 PUEYRREDON        Ordenanza 10886

CONCLUSIONES :  
                                Todo producto de aplicación en el área de la salud que se vuelque al mercado, toda tecnología que se introduzca para el diagnóstico y el tratamiento de los enfermos, y todo procedimiento invasivo que tienda a la restauración anatómica o funcional de los pacientes, ya no será aceptable sino está asentado sobre una base moral.
La ética es un prerrequisito de la cooperación humana para el logro de cualquier objetivo compartido.
La comunidad debe tener la tranquilidad de que su salud está en manos de personas seriamente comprometidas con elevados estándares éticos en el ejercicio de las profesiones, pero que al mismo tiempo esa concepción moral sea trasladada a los
 distintos ámbitos que proveen servicios de salud, además de aquellos que administran y distribuyen recursos, los que planifican y los que legislan en un tema tan sensible a la sociedad.
Que también la equidad, es fundamentálmente una cuestión ética, y que la obstaculización hacia el avance se produce cuando la intervención de los recursos humanos se manifiesta a través de acciones de importancia dudosa en las que no cuentan los derechos de los enfermos, las necesidades de la sociedad, la viabilidad de los procedimientos o los costos de aplicación, y que por tanto una amplia red de salvaguardias debe garantizar los métodos y procedimientos del ejercicio profesional y de la investigación clínica.
La bioética no es un mecanismo mágico que transforma lo malo en bueno, lo deseable en posible y lo reflexivo en evidente, pero el respeto de sus postulados, ayuda sin duda a establecer una práctica sana, una interrelación respetuosa y una conciencia social que permita una vida digna para la comunidad en su conjunto.

lunes, 10 de febrero de 2020

JORNADA MUNDIAL DEL ENFERMO ( 11 de Febrero )



 
La " Jornada Mundial del Enfermo " ( World Day of the sick ) se celebra todos los años el 11 de Febrero. Esta celebración fué instituida el 13 de Mayo de 1992 por el Papa Juan Pablo II.

Si bien la celebración del Dia Mundial del Enfermo, fué instituida con un sentido religioso ecuménico, los profesionales de la salud, no podemos marginarnos del compromiso que asumimos al jurar ante nuestros maestros.

Entre los objetivos perseguidos por ésta celebración pueden inscribirse :

* Sensibilizar a los profesionales de la salud, sus instituciones y la sociedad civil, sobre la necesidad de asegurar la mejor asistencia posible a los enfermos.

* Recordar la importancia de una fuerte formación ética de los agentes sanitarios.

* Que quienes viven y trabajan junto a los enfermos, comprendan mejor el valor de la asistencia espiritual y el respeto hacia los mismos.


sábado, 8 de febrero de 2020

LOS COMEDORES ESCOLARES Y LA SALUD BUCODENTAL


Puede afirmarse que desde siempre, la niñez en situación de pobreza de nuestro país constituyó un apreciable porcentaje de  dicho grupo etario que concurre a nuestras escuelas primarias.
Con el correr del tiempo, en muchos establecimientos de educación se extendió la carga horaria, y aún aquellos niños que concurren en jornada simple, ya por carencias económicas, o por ausencia de sus padres durante horarios extendidos por cuestiones laborales, deben recibir atención alimentaria en su escuela.
Los niños en general pasan más tiempo en la escuela que en cualquier otro lugar, excepto su casa, por lo que la escuela puede desarrollar un importante rol en el cuidado de su salud al impartirles conceptos y criterios que fomenten sus conductas y prácticas saludables.
El sistema de ayuda alimentaria en nuestro país comienza en 1900, cuando un grupo de maestros observa una disminución del rendimiento intelectual y una cierta astenia en los alumnos primarios, correlacionada a una demostrada ingesta insuficiente de alimentos en sus hogares.
En 1906 comienza la administración de la copa de leche, y en 1928 se implementa en la capital federal el primer comedor escolar.
Desde allí, y coincidiendo con una permanencia crónica de la pobreza en hogares con niños en edad escolar, independientemente de algunos períodos de bonanza económica, el funcionamiento de los comedores escolares se fué incrementando sistemáticamente.
El soporte financiero correspondió al estado nacional mientras la totalidad de la educación primaria dependía del Consejo Nacional de Educación. La transferencia de las escuelas al ámbito provincial y municipal, determinó que la responsabilidad recayera en los gobiernos locales. Se ha comprobado que en algunas provincias, el gasto en publicidad supera holgádamente al costo de mantenimiento de los comedores escolares. Demás está decir que en muchos casos los recursos resultaban insuficientes, lo que impulsó a la creación de las cooperadoras escolares que complementaban el sostenimiento de los comedores con aportes obtenidos de donaciones y de actividades destinadas a recaudar dinero extra.
No todas las administraciones gubernamentales le prestaron al tema la atención debida, pues significaba asumir que las situaciones de pobreza no se corregían. En el período comprendido entre los años 
1945-1962, a pesar de haber gozado de una situación económica con pocos precedentes en   nuestra historia, se relegó al sistema de comedores escolares prefiriendo buscar un mejoramiento del ingreso de los hogares, estimando que ello impactaría en la alimentación infantil. Sin embargo, la situación no se revirtió, y el gobierno del presidente Illia, en 1963, se vió obligado a instalar la mayor cantidad de comedores escolares en la historia del siglo XX, poniendo en funcionamiento 15.000, la mayor parte en el interior del país.  Durante dicha gestión (1963-1966), la porción del presupuesto destinada a educación y cultura fué la más alta de la historia argentina con un 25 %, multiplicando por diez la construcción de establecimientos educativos.
La década de 1980, volvió a ver crecer el número de comedores escolares, y la gran crisis de los comienzos del 2000, determinó que en 2002, con un índice de pobreza que rozaba el 45 %, funcionaran 19.606 comedores que alimentaban a 3.311.814 alumnos, casi la mitad de ellos pertenecientes a la Provincia de Buenos Aires (ver cuadro)
En el año 2014, no obstante haber atravesado una etapa de crecimiento a muy altas tasas durante casi ocho años, el número de alumnos concurrentes a comedores escolares trepó a 
4.500.000 niños, sin haber incrementado en la medida deseada el número de comedores. La elevada inflación, la fuerte pérdida del poder adquisitivo de los salarios, la precarización del empleo y el aumento de la desocupación, fueron los responsables de la situación descripta, que también impulsó a la puesta en funciones de más de 1.300 comedores comunitarios cuyos concurrentes eran niños en más de un 50 %. La reducción de las porciones y la disminución de la calidad de los alimentos fué el resultado de la falta de adecuación de los presupuestos. Los estudios determinaron que casi el 40 % de los alumnos sufren de sobrepeso por mala alimentación, y en ciertas áreas del conurbano y del interior del país, de desnutrición.
Si bien la función de los comedores escolares radica en ofrecer a los niños una alimentación digna, no deben desdeñarse otras acciones que impactan sobre conductas de comportamiento social y hábitos higiénicos saludables que promueven tanto la promoción de la salud, como la prevención de enfermedades generales y bucodentales. En éste último aspecto, no se han encarado políticas tendientes a instalar en los niños y adolescentes la práctica del cepillado dental, no obstante resultar de fácil aplicación y costo exiguo.
Con respecto a la alimentación, la dieta debe tender a ayudar a los niños a crecer y aprender. Tambien debe ayudar a prevenir la obesidad y las enfermedades relacionadas al sobrepeso, tales como la diabetes, sin olvidar el descarte de nutrientes que, como los azúcares refinados, tienden a incrementar los índices de caries dental ( CPOD ).
Las pautas alimentarias deben orientarse a :

*  El empleo de frutas y verduras en todas las comidas.

*  Preferencia sobre fuentes saludables de proteinas como carnes
    magras, nueces y huevos.

*  Agregar panes integrales y cereales ricos en fibras.

*  Hornear, asar o cocinar al vapor los alimentos en lugar de
    freirlos.

*  Limitar las comidas rápidas y la "dieta basura".

*  Ofrecer agua y leche en lugar de jugos de frutas con azúcar
    o bebidas gaseosas.

*  La provisión de agua potable debe contemplar el agregado, si
    no lo proveyera en forma natural, de flúor en la proporción
    correspondiente.

El hábito del cepillado dental debe ser una constante al finalizar cada ingesta alimentaria. Vale destacar que paises como Japón, han establecido como obligación, en los comedores escolares,  la práctica del cepillado dental y el uso de la seda dental al concluir las comidas.
    Buena alimentación y hábitos saludables, constituyen la base del accionar de los comedores escolares, a los efectos de dotar a la niñez, de las herramientas indispensables para su desarrollo físico y emocional que les augure un futuro digno que repercutirá sin duda, en  un mejor desarrollo de la propia sociedad y en un mayor despegue económico del país.

miércoles, 22 de enero de 2020

EL FLUOR, UN JALON IMPORTANTE EN LA HISTORIA DE LA ODONTOLOGIA

Ya resulta casi indudable hoy en día, que el fluor, uno de los elementos halógenos presentes en la naturaleza, posée una notable acción preventiva sobre la caries dental, y que su presencia en pastas dentales, colutorios, soluciones y comprimidos, resulta áltamente eficiente en dicha acción.
El National Institute of Dental and Craniofacial Research, organismo dependiente de los Institutos Nacionales de Salud (NIH) de los EE.UU, ha llevado a cabo un excelente trabajo historiográfico sobre las investigaciones relacionadas con el flúor como preventivo de la caries dental y la enfermedad periodontal.
Este trabajo sin embargo, no hace mención sobre las investigaciones que sobre la misma temática se hicieron en Argentina y que serán expuestas en la presente publicación.
método más preciso para medir los niveles de fluoruro en el agua potable. Elvove trabajó mucho y duro en su laboratorio, y en dos años informó a Dean con éxito.
Había desarrollado un método de vanguardia para medir los niveles de fluoruro en el agua con una precisión de 0,1 partes por millón (ppm). Con éste nuevo método, Dean y sus colaboradores se dispusieron en todo el país a comparar los niveles de fluoruro en el agua potable.  A fines de la década de 1930 habían hecho un descubrimiento crítico : los niveles de fluoruro de hasta 0,1 ppm en el agua potable, no causaron fluorosis del esmalte en la mayoría de las personas.
PRUEBA DE QUE EL FLUORURO PREVIENE LAS CARIES
 El hallazgo descripto envió los pensamientos de Dean en espiral en una nueva dirección. Recordó al leer los resultados de McKay y Black sobre fluorosis, que el esmalte dental moteado es inusuálmente resistente a la caries. Dean se preguntó si agregar fluor al agua potable en niveles
seguros, ayudaría a combatir la caries dental. Esta hipótesis, según Dean les dijo a sus colegas, necesitaría ser probada. En 1944, obtuvo su deseo. Ese año, la Comisión de la Ciudad de Grand Rápids, Michigan, después de numerosas discusiones con investigadores del PHS, el Departamento de Salud de Michigan y otras organizaciones de salud pública, votó


               LA EXPERIENCIA ARGENTINA

Con simultaneidad a las investigaciones de McKay y Dean, el doctor Rodolfo Eráuskin, profesor de anatomía patológica de la Escuela de Odontología de la Universidad de Buenos Aires (UBA), llevó a cabo una serie de trabajos de campo y de laboratorio en los años 1934-1935, arribando a las mismas conclusiones. Sus observaciones se llevaron a cabo en la región central del país, abarcando partes de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fé y La Pampa. En el NO de ésta última provincia, de donde soy oriundo, llamaba la atención que ciertas personas presentaban manchas amarronadas en sus dientes, las que se daban sólo en algunas partes de los poblados.  Precisamente, Eráusquin en sus estudios histológicos del esmalte dental pudo detectar la tinción en bandas coloreadas de distinta opacidad, que según sus conclusiones, lo adjudicó a distintos momentos o distintas concentraciones del ion flúor en el agua de pozos o napas también distintas.
Estas observaciones lo llevaron a denominar la alteración como "diente veteado" (moteado para los investigadores norteamericanos), con la constatación al mismo tiempo, de la escacés de caries dental en las personas que la portaban. ( ver más información en las publicaciones de éste blog de fechas 3, 8 y 22 de Octubre y 1 de Noviembre de 1912 ).
A más de un siglo de los primeros estudios sobre la acción del flúor sobre la caries dental, y a casi setenta años del comienzo de su empleo adicionándolo al agua de bebida y a su comercialización en productos de uso local o general, ha demostrado que sigue siendo un arma fundamental de la ciencia dental en su batalla contra la caries dental.  Los estudios de los investigadores sobre el tema, ayudaron notáblemente a transformar la odontología en una profesión orientada a la prevención y contribuyeron a situar los descubrimientos como una verdadera hazaña entre las medidas preventivas del siglo XX.