Existen en nuestro país dos leyes que norman la atención de las personas mayores. Tanto la ley 26.529 como su modificación la 26.742, se ocupan de dejar bien en claro todos los aspectos de la relación profesional-paciente, y de la responsabilidad que les incumbe a los profesionales de la salud en el trato, asistencia y orientación que tiendan a devolverle a dichas personas no solo su salud física o su estética, sino tambien todos los componentes de tipo psico-social que los acerque a su completo estado de bienestar. En muchas ocasiones pueden detectarse en el consultorio odontológico privado y en los servicios asistenciales públicos, prepagos y de la seguridad social, patologías y comportamientos que atienden más que a causales biológicas a situaciones de maltrato y abuso a que son sometidos.
Las Naciones Unidas y la Cepal, emitieron en Junio de 2011 la llamada " Declaración sobre los Derechos de las Personas Mayores". Sobre la base de dicha declaración, el gobierno argentino dicta la "Carta de Derechos de las Personas Mayores" a través de la Dirección Nacional de Políticas para Adultos Mayores del Ministerio de Desarrollo Social. Tal como se observan las penurias de muchos de nuestros mayores, y la falta de una política explícita para darles solución, nuevamente podemos intuir que todo lo que se escribe al respecto, queda recluido en los escritorios de nuestros funcionarios y gobernantes a la espera de mejores tiempos.
Cuando la situación lo amerite, el profesional tiene la obligación de poner en contacto al paciente y aquellos que lo acompañan, con los organismos públicos destinados al abordaje de todos los aspectos relativos al respeto y consideración que merecen nuestros adultos mayores. La denuncia debe viabilizarse hacia dichos organismos publicos, de los cuales damos una escueta reseña :
DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN
Suipacha 365 C.A.B.A Tel. 0810 333 3762
Fax (+5411) 4819 1581
Delegación Córdoba (351) 422 1624 y 421 4377
Delegación Jujuy (11) 15 3762 4991
Delegación La Pampa (2954) 771580
Delegación Rio Negro (2920) 432410
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Tel. 011 5300 4000
CONGRESO PROVINCIAL DEL ADULTO MAYOR DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA : (0351) 4688544 interno2393
Hoy en día, la disponibilidad de los llamados satisfactores sociales, permite cubrir los requerimientos de los individuos, grupos sociales y comunidades, tratando de resolver sus necesidades y brindar soluciones dentro del concepto operativo de calidad de vida.
El envejecimiento, no solo acarrea dolencias físicas y psíquicas de probada etiología biológica. Existen condicionantes sociales y comportamientos individuales de tamaña mezquindad, que facilitan o colocan al anciano en escenarios desfavorables, cuando nó dramáticos, que atentan contra su bienestar y a veces contra su propia vida.
Es función indelegable de los profesionales de la salud, conocer, detectar, y denunciar cuando el hecho lo amerita, todas aquellas aberraciones que se cometen en contra de personas desguarnecidas y necesitadas, que por su edad quedan a merced de la vileza humana.
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