En este blog, se ofrece una tribuna para la exposición y discusión de los Problemas que Afectan la formación del Odontólogo, el ejercicio profesional y todo tema atinente al Mejoramiento de la salud bucal de la población, y a la Jerarquización de la profesión.
lunes, 24 de noviembre de 2014
¿ ES COMUN EL EJERCICIO ILEGAL DE LA ODONTOLOGIA ?
Una noticia, perdida entre el fárrago de información que podemos encontrar en la prensa escrita y en los portales informáticos, puso en el tapete un tema que nos concierne a los odontólogos, pero también a la salud pública.
Según la misma, dos ciudadanos de procedencia boliviana, fueron detectados ejerciendo la profesión odontológica sin poseer, según informan funcionarios del área de contravenciones y faltas de la policía metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni matrícula habilitante ni título otorgado por facultad alguna, aunque en realidad lo que se cuestionan, son las escasas condiciones de seguridad e higiene en que desarrollaban su tarea.
Este hecho, ocurrido en el populoso barrio de Liniers, no desencadenó ninguna medida cautelar sobre los imputados relacionada a tan grave violación al código penal como lo es el ejercicio ilegal de la odontología, salvo el quedar a disposición del Juez. El Fiscal que investigaba el caso desde hacía cuatro meses, logró según el informe " llevar a cabo inspecciones preliminares y testimonios de vecinos que le permitieron obtener el allanamiento de la propiedad ".
No se hace mención de la intervención de alguna dependencia de salud del gobierno de la ciudad, y menos aún del gobierno nacional, que a través de su Ministerio de Salud de la Nación realiza el contralor del ejercicio profesional y la matriculación de los profesionales de la salud, en cuyo registro, sin duda estos individuos no estarían inscriptos.
Este no es un hecho aislado. Desde hace muchos años, venimos denunciando el escaso control que se lleva a cabo en la Ciudad de Buenos Aires sobre el ejercicio de las profesiones médicas. Solo se habilitan los consultorios y clínicas por parte del Ministerio Nacional y se matricula a los profesionales, pero no se advierte un control del ejercicio ilegal. Cabe consignar que la Ciudad de Buenos Aires, no ha reclamado hacerse cargo de dichas tareas, que le corresponden constitucionalmente, salvo algún proyecto presentado en la legislatura sobre colegiación profesional, que por otra parte desencadenó una avalancha de oposiciones por parte de algunas instituciones odontológicas y de odontólogos en forma individual, tal como se pudo apreciar en solicitadas publicadas en los medios gráficos y en la propia WEB.
Así nos preguntamos, ¿ cuán de cierto es que en la ciudad de Buenos Aires pululan consultorios que funcionan en laboratorios dentales atendidos por técnicos, u otros tipos de emprendimientos llevados a cabo por estudiantes crónicos y aún por empíricos ?.
No existe en éste momento repartición alguna que se ocupe de un problema tan grave, y tampoco las instituciones profesionales dan muestra de alguna preocupación al respecto, pero si nos atenemos a estudios e informes en otras jurisdicciones del país y en otros países, no debiera sorprendernos que el ejercicio de la odontología en la Ciudad de Buenos Aires cobijara a un importante núcleo de intrusos que lucran con el ejercicio ilegal, sustraen trabajo a los odontólogos que ejercen legalmente, y peor aún, ponen en riesgo la salud bucal de la población.
Un ejemplo paradigmático lo constituye Perú, no solo por la cuantía de intrusos en el ejercicio de la odontología, sino tambien por el coraje de desenmascararlos y publicar las cifras. Según el Colegio Odontológico, ejercen en el país 30.500 profesionales matriculados, y al mismo tiempo lo hacen 8.000 ilegales entre técnicos, bachilleres, estudiantes avanzados y empíricos.
Esta situación se favorece por la inacción de las autoridades, ya que el código penal no establece para éstos casos la privación de la libertad.
En Chile en cambio, se establecen penalidades de 3 a 5 años de prisión, lo que produjo un movimiento entre los técnicos dentales, auxiliares que constituían el grueso de los contraventores, en proponer a través de un legislador, una ley que los autorizara a realizar tratamientos protéticos en boca, aduciendo en los considerandos del proyecto que, " los dentistas son intermediarios que encarecen la prótesis ".
En El Salvador, la ley establece las " Juntas de vigilancia de la Odontología ", cuyo presidente aplica las sanciones que correspondan. En Venezuela, se calcula que el 10 % de los consultorios son ilegales, y una idea de lo permisiva de la legislación, lo da el hecho de haberse otorgado el premio " Mara Internacional " a una clínica ilegal en la población de El Vigía.
En nuestro país, el Colegio de Odontólogos de Santa Fé fué pionero en la persecución de los ilegales, y en sus dos circunscripciones logró incorporar a su ley la potestad de inscripción de los técnicos, con lo cual podía accederse fácilmente a los laboratorios para constatar la presencia de instrumental o materiales de uso en el consultorio dental. En casi 20 años, fueron detectados 80 casos de infractores. La totalidad de los colegios de odontólogos del país, disponen en sus leyes de creación, de las facultades para perseguir el ejercicio ilegal de la profesión, pero no disponen del poder de policía que los habilite para la clausura directa de los consultorios apócrifos, debiendo solicitar la colaboración de la autoridad de salud. Las provincias que no poseen colegios, realizan el control a través de distintas areas, ya relativas a la salud, en las que se persigue el ejercicio ilegal como un delito, como otras relacionadas con la autoridad policial, tal el caso de Catamarca, en donde el intrusismo se cataloga dentro de las faltas y contravenciones.
En la provincia de Corrientes, con una antigua ley del ejercicio de las profesiones de la salud ( 319 de 1920 ), su desactualización permitió durante muchos años el desempeño de los " idóneos en odontología " en aquellas poblaciones que no disponían de odontólogos, y muchos de ellos conservaron durante bastante tiempo los derechos adquiridos.
La Provincia de Buenos Aires, dispone de la ley de colegiación desde 1965, y establece la facultad de perseguir el ejercicio ilegal de la profesión. Cuando se detecta un caso por denuncia de colegas o de pacientes, se dispone la visita al consultorio de un miembro del cuerpo de inspectores odontólogos a los efectos de verificar la falta. Una vez constatada la misma, se elevan las actuaciones al ministerio de salud provincial con la solicitud de clausura. La denuncia penal corre por otro andarivel.
No siempre resulta fácil para los colegios del interior de la provincia cumplimentar el trámite, y así resulta común descubrir algún técnico realizando funciones de odontólogo. En el colegio del Distrito VI, se conocen casos en varias localidades, y según la presidenta del mismo en 2007, solo en la ciudad de Pergamino, sobre un total de 100 técnicos conocidos, casi el 50 % trabajaba sobre pacientes, y lo llamativo de la denuncia es que solo 4 estaban matriculados en el ministerio según lo establece la ley 6137.
Los propios protésicos admiten que sobre un total de 10.000 técnicos en todo el ámbito provincial, no más de un 15 % están matriculados, sin que las autoridades tomen las medidas pertinentes.
El colegio del Distrito IV, logró la clausura del Centro Odontológico Dentalia, en Av. Maipú 1620 de Olivos el dia 15 de Febrero de 2013 con la colaboración de un inspector ministerial.
Una situación análoga se dió hace varias décadas cuando me desempeñaba como secretario general del colegio del Distrito II.
Denunciado el ejercicio sin matrícula en un consultorio institucional en Quilmes, nos apersonamos con el enviado ministerial y un agente policial para proceder a la clausura, y cual no fué nuestra sorpresa al encontrarnos con un hospital vecinal polivalente. Por supuesto que la clausura no se llevó adelante, pero el caso se solucionó.
El hecho de que la mayor parte de los casos de ejercicio ilegal lo lleven a la práctica los técnicos dentales ( protésicos en la provincia ), deriva del escaso control de su matriculación por parte de la autoridad de salud provincial. Además la proliferación desmesurada de academias y escuelas para su formación, y el escaso trabajo que consiguen una vez graduados, les abre un camino de ilegalidad que no siempre se lo plantean como tal en dichos institutos. Cabe consignar que nó siempre los dictantes de cursos son organismos constituidos exclusívamente por técnicos. La Facultad de Odontología de Buenos Aires dicta un curso para dichos auxiliares, y la dirección y parte del profesorado lo ejercen odontólogos. Pero el problema radica en las academias privadas, a veces también dirigidas por odontólogos, que en algún caso en particular dictan sus cursos prohijados por una universidad, ofreciendo el espejismo de un título universitario. Tal el caso de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, que sin disponer de una facultad de odontología, le otorga categoría universitaria a una academia que funciona en la ciudad de Buenos Aires.
No caben dudas que el problema del ejercicio ilegal de la odontología es multifacético, y que solo a través del cumplimiento efectivo de las leyes en vigencia, y un control minucioso del ejercicio profesional como el que pueden llevar a cabo los colegios profesionales, puede liberar a la población de un verdadero cáncer que generalmente afecta la salud pública en las capas mas desprotegidas de la sociedad.
Según información recibida en forma personal, el Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por delegación, ha puesto en funciones la " Unidad de Investigaciones Complejas " que entre sus funciones, posee la de controlar y eventualmente elevar para su penalización, las transgresiones al ejercicio profesional en la jurisdicción, recepcionando las denuncias de instituciones, profesionales y otros interesados en el teléfono
5295-2586, o a través del mail : ftoranzo@fiscalias.gob.ar
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