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domingo, 28 de abril de 2024

LOS RIESGOS DEL EJERCICIO DE LA ODONTOLOGÍA, EN EL " DIA MUNDIAL DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO" 28 de ABRIL.


La Organización Internacional del Trabajo ( OIT ), celebra los dias 28 de Abril de cada año, el " Dia Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo " con el fin de promover la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en todo el mundo.  Se trata de una campaña de sensibilización cuyo objetivo es centrar la atención a nivel internacional sobre las nuevas tendencias en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo, y sobre la magnitud de las lesiones, enfermedades y muertes relacionadas con la actividad laboral. La fecha fué establecida por la OIT en 2003 con el fin de "sensibilizar y promover el trabajo seguro, saludable y digno.
El 28 de Abril, es también el día en el que el movimiento sindical mundial celebra su Jornada Internacional de Conmemoración de los trabajadores fallecidos y lesionados, para así honrar la memoria de las víctimas de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
y se organizan con éste motivo, movilizaciones y campañas en todo el mundo.
La celebración mencionada, forma parte de la estrategia global en la materia por parte de la OIT, la que promueve y fomenta una cultura de prevención en materia de seguridad y salud para todas las partes implicadas. En muchos paises, las autoridades, los sindicatos y las organizaciones de profesionales relacionadas al   sector, organizan actividades para celebrar la fecha.

Para el año 2013, el tema dominante de la celebración fué :
 " LA PREVENCIÓN DE LAS ENFERMEDADES
                   PROFESIONALES "
Para el año 2014, el tema fué :
" LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL USO DE
                   PRODUCTOS QUÍMICOS "

Para el año 2015 el tema fué :
" UNETE A LA CONSTRUCCION DE UNA CULTURA
                   DE LA PREVENCION EN MATERIA DE SST "
Para el año 2016 el tema fué :

" ESTRÉS EN EL TRABAJO :  " UN RETO COLECTIVO "
Para el año 2017 el tema fué : " OPTIMIZAR LA COMPILACION Y EL USO DE LOS DATOS SOBRE SST ". 

Para el año 2018 el tema fué :
"GENERACIÓN SEGURA Y SALUDABLE".

Para el año 2019, cuando se cumplían 100 años de la fundación de
la OIT, el tema fué :
" TRABAJAR PARA UN FUTURO MÁS PROMETEDOR ".

Para el año 2020 el tema fué :

" DETENGAMOS LA PANDEMIA : LA SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO PUEDEN SALVAR VIDAS "

Para el año 2021 el tema fué :

" ANTICIPARSE A LA CRISIS, PREPARASE Y RESPONDER E
INVERTIR EN SISTEMAS RESILIENTES DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO ".

Para el año 2022 el tema es :

" ACTUAR JUNTOS PARA CONSTRUIR UNA CULTURA DE
SEGURIDAD Y SALUD POSITIVAS "

Año 2023 :

" UN ENTORNO DE TRABAJO

SEGURO Y SALUDABLE "

Año 2024 :

" IMPACTO DEL CAMBIO CLIMATICO EN LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ".



SEGURIDAD Y SALUD EN LAS PROFESIONES DE LA SALUD




 En nuestro caso, nos referiremos específicamente a las profesiones que, como la odontología, mantienen un estrecho contacto con la atención de pacientes.  La atención de la salud es uno de los sectores de más rápido crecimiento en la economía mundial. Solo en los EE.UU emplea a más de 18 millones de trabajadores, y una de las particularidades del sector, es que las mujeres representan casi el
80 % de su fuerza laboral.
Los trabajadores de la salud, se enfrentan a una gran variedad de riesgos en su trabajo, entre los que pueden mencionarse las lesiones por pinchazos de agujas e instrumental quirúrgico, alergias al látex, lesiones esqueletales, enfermedades transmisibles, estrés, violencia, etc.. La prevención de todos éstos riesgos, puede reducir consideráblemente su incidencia, sin embargo cada año se dán en mayor medida las lesiones y enfermedades ocupacionales.  En comparación con otras actividades, el trabajo en el sector de la salud se aprecia como uno de los más inseguros.
El odontólogo, por la especificidad de su labor, se encuentra expuesto a toda una ámplia gama de accidentes y enfermedades profesionales, a las que yá nos hemos referido hace muchos años en una publicación de la Cofederación Odontológica de la República Argentina ( CORA ). ( Seguridad del Odontólogo : Evaluación de los riesgos a que expone el ejercicio profesional. Salud Bucal, año VI  N° 29, Abril-Mayo 1979 ).
En una lista muy restringida, podemos mencionar las enfermedades profesionales más comunes que pueden afectar al odontólogo :

             ENFERMEDADES INFECCIOSAS, causadas por
                          pinchazos, por exposiciones a agentes patógenos
                          transmitidos por la sangre y enfermedades
                          transmisibles por otras vias.
              LESIONES OCULARES Y AUDITIVAS.
              REACCIONES ALÉRGICAS al látex, a determinados
                          medicamentos y productos dentales.
              ENFERMEDADES ERGONÓMICAS originadas en
                          resbalones, caidas, tropezones y transtornos
                          músculoesqueléticos.
               ENFERMEDADES POR EXPOSICIONES a 
                          medicamentos peligrosos, radiaciones ionizantes,
                          gases y sprays en general.
               ESTRÉS ocupacional, bourn-out, depresión etc..
                          Muchos odontologos enfrentan una gran presión
                          para cumplir con las exigencias de la vida
                          moderna, tanto particular como profesional.
                          Los riesgos psicosociales tales como la
                          competitividad, la pérdida de su independencia,
                          los aranceles deprimidos, los juicios de mala-
                          praxis y los avatares propios de la vida social,
                          contribuyen a que los ambientes de trabajo sean
                          cada vez más estresantes.
                          El estrés relacionado con el trabajo odontológico
                          es reconocido como un problema que afecta su
                          salud. El "reto colectivo" a que alude el lema del
                          año 2016, no solo se aplica a la profesión y
                          sus instituciones representativas, sino que se
                          extiende a la sociedad toda, y en especial a los
                          sistemas locales de salud y a la seguridad social,
                          organismos que deben velar por establecer normas
                          adecuadas de trabajo y retribuciones dignas.
               VIOLENCIA intra y extrahospitalaria por razones ajenas
                          a los propios profesionales.

Los mayores riesgos a que se encuentra expuesto el odontólogo, devienen de su contacto con otros seres humanos, generálmente enfermos; pero al mismo tiempo no desarrolla su actividad encerrado en sí mismo, sino como elemento de un sistema más ámplio del que el ambiente y los elementos de uso son parte integral.
Muchos profesionales parecen todavía despreocupados por los riesgos que entraña su trabajo. Las modalidades del ejercicio de la profesión odontológica les imponen riesgos suplementarios a su común existencia, y ello supone la búsqueda de una fuerza de reserva que les permita enfrentarlos y vencerlos, y ella se adquiere a través de una rígida aplicación de algunas sanas reglas de vida y de algunos concretos criterios científicos.
La defensa ante las contingencias sociales y laborales, propias del particular ejercicio de la profesión odontológica, no sólo deben recaer en el propio odontólogo. Las instituciones profesionales, deben también asumir su responsabilidad a los efectos de establecer líneas de investigación operativa, que prioricen las condiciones de trabajo, la remuneración y la adecuada cobertura social y de salud, que permitan a los profesionales el desarrollo de sus tareas en las mejores condiciones, tanto físicas como espirituales.
En nuestro país, los profesionales que desarrollan su trabajo en relación de dependencia, ya en instituciones públicas, paraestatales o privadas, la cobertura de su salud la reciben de parte de las Obras Sociales o de entidades de medicina prepaga contratadas por el dador de trabajo.
En cuanto a la seguridad en el trabajo, dependen de una completa cobertura impuesta por una legislación que arranca en 1915 a través de la ley 9688, una verdadera avanzada en Latinoamérica, derogada luego y reemplazada por la ley de accidentes del trabajo 21034 de 1991. Tambien rige desde 1972, la ley 19587, regulada por el decreto 1338 del año 1996 dedicada específicamente a la higiene y seguridad en el trabajo.Al mismo tiempo, en 1995 se aprueba la ley 24557 que crea las ART ( Aseguradoras de riesgos del trabajo ), institutos privados a los que deben incorporar los contratantes de personal en relación de dependencia a dicho personal.
Como puede apreciarse, existe una profusa legislación para los profesionales que trabajan en el Estado o entes privados que provéen servicios de salud.
Sin embargo, el ejercicio de la profesión odontológica no se circuncribe a las instituciones mencionadas, sino que abarca a una mayoría de profesionales que lo hacen en forma privada, con aranceles libres o bajo regímenes de contratación directa o a través de organizaciones profesionales con aranceles pactados pero que no implican dependencia.
La Odontología es en todos los casos una profesión riesgosa.
Eso ha quedado demostrado durante la pandemia de Covid 19.
En 2020, el periódico estadounidense The New York Times, incluyó a la odontología como una de las profesiones de mayor riesgo ante la pandemia, basado en datos provistos por O*NET, una base mantenida por el Departamento de Trabajo del gobierno de los EE.UU.
Sin embargo, y reconociendo dicha situación, las instituciones profesionales han centrado su prédica en las recomendaciones hacia los odontólogos para la adopción de medidas individuales en las que privilegiaban los cuidados de los pacientes.
La FDI (Federación Dental Internacional), ya en oportunidad de su asamblea general realizada en Montreal en Septiembre de 2005, urgía a los profesionales a " poner en práctica normas de seguridad y sanitarias destinadas a prevenir o minimizar lesiones profesionales, limitar los riesgos de contraer enfermedades profesionales y mantener el ambiente sano".
Infinidad de normas de bioseguridad se han dictado en facultades e instituciones odontológicas atendiendo a la seguridad del profesional, pero poniendo el acento en la calidad de la atención y la seguridad de los pacientes.
No caben dudas que la salud ocupacional se centraba en los códigos de bioseguridad, pero tambien es cierto que muy pocos dedicaron algún párrafo referido a la protección social de los odontólogos de práctica privada, y salvo algunas instituciones de seguridad social específica de aporte obligatorio que atienden dicha temática, quienes no están alcanzados por éstos regímenes, deben asumir los costos de su propio bolsillo para el tratamiento y recuperación de sus dolencias originadas en accidentes laborales o enfermedades profesionales.
Resulta pués apropiado, en oportunidad de celebrar una vez más el  "Dia mundial de la seguridad y salud en el trabajo", pensar soluciones que permitan una adecuada cobertura de los profesionales que no cuentan con relación de dependencia en su ejercicio profesional. 
Aquellos profesionales totálmente independientes y sin aportes a ninguna institución de seguridad social, pueden optar por el autoseguro que menciona la ley 24557/95, a los efectos de recibir las prestaciones que establece la ley.
Para los casos de odontólogos que atienden pacientes con cobertura de obras sociales o de medicina prepaga, debiera buscarse algún mecanismo para que dichas entidades incorporen a sus prestadores a alguna ART ( en su condición de comitentes ), cuyo aporte no debe ser descontado de la suma dineraria que el profesional recibe por la atención de los afiliados en su propio consultorio.
Es una misión urgente e impostergable, que las instituciones que nuclean a los odontólogos ( Círculos, Federaciones, Colegios etc.), asuman la responsabilidad de encontrar formas adecuadas para la cobertura total de los riesgos que entraña el ejercicio de la profesión. 

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