jaitt odonto social

jaitt odonto social
Que una sonrisa feliz sea nuestro mejor premio
Powered By Blogger

domingo, 11 de marzo de 2012

LA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ODONTÓLOGO ( segunda parte )


 CONNOTACIONES JURÍDICAS DE LA RELACIÓN
                           PROFESIONAL-PACIENTE

Es casi seguro, que ningún juez exculparía a un profesional de la salud, si con su accionar ha empeorado la de su paciente, con la excepción de aquellas situaciones que derivan de una emergencia.
La evolución de una enfermedad, el curso de un postoperatorio, o el resultado de una práctica, constituyen episodios con un alto porcentaje de respuestas previsibles, de tal forma que en virtud de la actitud que el profesional asuma, esos sucesos podrán estabilizarse, mejorar o empeorar.
Cualquiera de éstos resultados, especiálmente los negativos, no determinan en forma automática la comisión de un delito de mala praxis, ya que los episodios mencionados pueden derivar hacia complicaciones o agravamientos, imposibles de evitar aúnque se hubieran arbitrado todas las medidas disponibles al respecto.
Ante un intervencionismo profesional, la mala praxis se concreta al producirse una lesión incapacitante por una incorrecta actuación.
Estas actuaciones pueden derivar en dos tipos de acciones:

                    DOLOSAS : con intención
                    CULPOSAS: sin intención

Dejando de lado las formas dolosas, pues es entendible que solo una conducta extraviada puede ejercerlas, deben analizarse las culposas.
La mala praxis culposa se manifiesta a través de tres tipos de acciones:                      
                       IMPERICIA - IMPRUDENCIA - NEGLIGENCIA

La impericia alude al desconocimiento o inhabilidad.
La imprudencia apunta a la falta de precaución, ligereza o
     vulneración de principios elementales.
La negligencia representa la omisión o despreocupación de hechos
      que deben darse por sabidos.

La culpa, consecuencia de la inobservancia de todos los preceptos considerados, amerita la sanción tanto civil como penal.
Sin embargo, en muchas ocasiones existen eximentes que determinan que gran parte de los juicios, obvien la sanción penal, y en menor medida la reparación civil.  Existen situaciones imposibles de prever y alejadas del control del profesional, y que no obstante disponer hoy en dia de screenings  bastante seguros que guian su actuación , siempre pueden ocurrir hechos impredecibles que responden a causas anatómicas, fisiológicas, tecnológicas y ambientales totálmente imprevisibles.  De hecho el profesional puede  provocar un daño que nó implique una mala actuación, y que las secuelas no siempre obedecen a causales previsibles.
Sin lugar a dudas, los procedimientos invasivos constituyen riesgo por la agresión que implican, por la imposibilidad de retrotraer la acción una vez desencadenada y por dearrollar la tarea sobre un ser viviente con toda su biología y psiquis inescrutables en muchos de sus aspectos.  A pesar de  todo ello, algunas de las reacciones indeseables no previsibles, constituyen el precio que todo profesional o paciente, han de pagar en el intento de lograr la curación.
No obstante ello, es preciso señalar que el enfermo, por razones atendibles de supervivencia, no deja de exigir solo conocimiento al profesional, sino la seguridad sobre la decisión de las medidas a tomar para encarar el tratamiento, y aunque el deseo de curar está implícito en cada acto, jamás deben prometerse resultados, ya que el arte de curar no es una ciencia exacta. A lo sumo debe dotarse al enfermo, de todos los conocimientos que su leal saber y entender le permitan atesorar, asegurándole, eso sí, la observancia de las premisas fundamentales que se detallan seguídamente:

  1.- Desplegar toda la HABILIDAD posible para no incurrir en
        IMPERICIA.

  2.- Actuar con MODERACIÓN para no pecar por
        IMPRUDENCIA.

  3.- Extremar la PREOCUPACIÓN para no caer en
        NEGLIGENCIA.
 El juicio crítico en el profesional de la salud, es un deber ineludible.  Pero además resulta imprescindible, seguir un conjunto de rutinas previas a cualquier acto destinadas a solventar errores y aventar tragedias. Dichas rutinas en la atención odontológica podemos resumirlas en el siguiente esquema:
    a.- Motivación psicológica del paciente.
    b.- Historia clínica completa.
    c.- Documentación imprescindible ( modelos, fotos etc. )
    d.- Registros fisiológicos intermaxilares.
    e.- Diagnóstico por imágenes.
    f.-  Evaluación fonética.
    g.- Plan de tratamiento.
    h.- Consentimiento informado.

Podemos concluir que, cualquier terapéutica puede resultar exitosa o nó, lo que dependerá no solo de la actuación profesional sino de factores externos, a veces ignotos, que la ciencia y el raciocinio no han podido hasta el momento desentrañar.
Es una verdad palpable que existen situaciones de mala praxis.
Tambien es cierto que no todas ellas implican dolo o culpa. Como pacientes, quisiéramos vernos libres de prácticas iatrogénicas y como profesionales, observarlas de lejos. De lo que sí estamos seguros, es que la presión que implica la posibilidad de un juicio sobre el resultado de una terapéutica no es garantía de buena práctica, sino mas bien, una preocupación extra que agudiza el stress y favorece la comisión de errores indeseables, y por otro lado, genera una actitud cautelar compulsiva que promueve la sobreprestación y a la postre, encarece artficiálmente los presupuestos y el gasto total en salud.
                     

No hay comentarios:

Publicar un comentario