jaitt odonto social

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jueves, 25 de mayo de 2017

EL SUICIDIO EN ARGENTINA : UNA ESTADISTICA PREOCUPANTE

Hace unos pocos días, la Organización Mundial de la Salud (OMS), produjo un informe sobre estadísticas de mortalidad en sus 194 estados miembro, cuyas cifras por primera vez reflejan en su gran mayoría las verdaderas causas, comunicadas por los distintos paises.
Entre las distintas enfermedades y otras causas de mortalidad, algunas llaman la atención por su inusitado incremento, el que se observa en especial en el número de suicidios que se han producido en los últimos años en algunas regiones en especial.
El suicidio, se lleva a cabo a través de una decisión individual con un propósito claro, pero que obedece a razones muy diferentes que en muchos de sus casos rozan ciertos determinantes sociales, y en otros obedecen a transtornos psíquicos o estados que alteran el normal comportamiento de quien toma la decisión.
La predisposición, y las situaciones de riesgo se suelen complementar, y se han podido tabular las principales causas según lo expresan los organismos nacionales e internacionales a saber :
* Problemas psiqiátricos (depresión, psicosis, enfermedad bipolar).
* Pérdida de seres queridos.
* Decaimiento de la fé en creencias, dogmas, religiones etc.
* Problemas económicos, familiares o laborales.( se notaron fuertes
   incrementos en algunas crisis financieras como las de los años
   1929, 1975 y 2002 ).
* Vivir en zonas con escasa luz natural diurna.( se han constatado 
   numerosos casos en la Patagonia Argentina en época invernal ).
* Casos de suicidios en la familia.(influencias sociales o genéticas).
* Abusos de alcohol o drogas.
* Abuso físico, sexual o psicológico en la niñéz.
* Situaciones de extrema tensión.(soldados de Malvinas).
* Padecimiento de enfermedades inhabilitantes o causales de
   dolor extremo.( se ha asociado en especial al cáncer de pulmón
   como factor de riesgo ).
* Tener acceso a medios para provocarlo (armas, venenos ).
* Suicidios por imitación. (en lugares elegidos especiálmente por
   antecesores, tal el caso del puente Gral. Belgrano que une las 
   ciudades de Resistencia y Corrientes, o inducidos por los medios
   sociales o del espectáculo (juego de la ballena azul)
* No avisorar un futuro previsible o padecer sentimientos de
   desvalimiento y falta de ayuda. (especiálmente los jóvenes).
* Bolsones de pobreza e indigencia.
* Exposiciones al calor excesivo y a otros agentes todavía no bien
   dilucidados.( se han detectado 16 suicidios de adolescentes en
   2014 en la ciudad de Fiambalá, provincia de Catamarca, sobre
   una población total de 4.639 habitantes ).

En Argentina, se han contabilizado más de 500 suicidios cada año,
siendo la segunda causa por muerte violenta, superando también a
los homicidios. En 2012, un informe expresa que 18 niños y 
adolescentes se suicidan por semana.
El documento de la OMS, nos expone una estadística preocupante con una tasa para el año 2015 de 14,2 suicidios cada 100.000 hab.
El llamado de atención proviene de ubicar a Argentina ocupando el tercer lugar en la región, luego de Bolivia y Uruguay, y comprobar el crecimiento exponencial de la tasa si la comparamos con el 2,5 de 1990, el 5,2 en el 2000 y el 7,2 del 2011.
Sin duda el informe nos ofrece la posibilidad de analizar las causas de tan desmesurado incremento, y ponernos a trabajar para lograr una reversión del índice, que pone de manifiesto un profundo desajuste social en nuestra comunidad.

domingo, 14 de mayo de 2017

EN OCASION DEL " DÍA DEL DOCENTE UNIVERSITARIO "

Vaya con ésta presentación, nuestro apoyo y estímulo a todos los docentes universitarios, desde los profesores de máximo nivel, a los jefes de trabajos prácticos, ayudantes y auxiliares docentes, que constituyen el basamento sobre el que se apoya la formación de los futuros profesionales, indispensables para el desarrollo del país y la defensa de la vida, la salud, el patrimonio y la libertad de sus habitantes.

CON QUE CRITERIOS SE AUTORIZAN LAS NUEVAS FACULTADES DE ODONTOLOGIA ?

La proliferación de nuevas escuelas y facultades de odontología, especiálmente de gestión privada en América Latina (excesiva para algunos estudiosos del tema), pone en el candelero una situación que preocupa a la profesión por lo que presupone en cuestiones que alientan una plétora profesional sin que se observe la contrapartida de crecimiento poblacional y desarrollo económico paralelos.
Sin embargo en casi todos los paises, se han establecido agencias gubernamentales con la misión de evaluar y acreditar las casas de altos estudios en funcionamiento, y los proyectos para la creación de nuevas instituciones educativas.
El tema no es novedoso. Ya en la década de 1940 se observan algunos intentos de legislar al respecto en USA y algunos paises europeos.  En América Latina, los seminarios sobre " Enseñanza de la Odontologia " patrocinados por la OPS, y llevados a cabo en Bogotá en 1963 y en México en 1965, ya vislumbraron la posibilidad de establecer lineamientos, casi todos de naturaleza académica o de infraestructura, destinados a sentar las bases para una regulación del funcionamiento de las facultades existentes.
Nuestro país sólo envió observadores a dichos seminarios, pero varias de las propuestas tuvieron algún tipo de expresión en el funcionamiento de las facultades nacionales de odontologia.
Las máximas preocupaciones de los educadores dentales por esos tiempos estaban centradas en la estructura curricular, en la metodología del proceso educativo y en aspectos administrativos y operativos de las escuelas de odontologia. Las evaluaciones llevadas a cabo eran méramente "cuantitativas".
En la década de 1980, los análisis comienzan a insinuar una cierta preocupación por lo que se dió en llamar los "patrones de calidad", es decir, tratar de desentrañar la verdadera efectividad de un programa educativo medido en referencia al desempeño de los estudiantes con posterioridad a su graduación, su adecuación al medio geográfico y socioeconómico en que se insertan  y en las posibilidades de desarrollo de su trabajo en contextos laborales electivos o programados desde la administración pública.  Esta evaluación, denominada "cualitativa", basa su análisis en criterios subjetivos que describen requisitos, pautas e indicadores propios de cada región a las que pertenecen las facultades y cuya prospección permite intuir un mejoramiento del producto educativo, una elevación en la calidad profesional y un impacto social caracterizado por los parámetros de eficiencia, eficacia y equidad.
A los efectos de establecer un mecanismo que cumpliera con dichos objetivos, la OPS de consuno con la Organización de Facultades y Escuelas de Odontologia, afiliada a la Union de Universidades de América Latina ( OFEDO-UDUAL ), programa en la década de los 80 una serie de reuniones locales que concluyen en Caracas en Noviembre de 1986, en la que se recomienda un sistema de autoevaluación mixto con preponderancia cualitativa, aplicando la metodología prospectiva, alentando el comportamiento de las instituciones educativas en un marco de referencia conceptual que tome en cuenta objetivos sociales deseados, vinculando la educación odontológica con las necesidades que plantea la sociedad y de los propios educandos.
Así surge un modelo normativo teórico de lo que debiera representar la facultad en un escenario futuro ajustado a una política de salud, a una situación socioeconómica, a una tendencia demográfica, al desarrollo tecnológico y a las variantes del ejercicio profesional en un determinado lugar. Este modelo se recomienda aplicar a las instituciones educativas en funcionamiento, y exigirlo a las a crearse en el futuro.
Ante la presión de las propias instituciones universitarias y de las asociaciones de profesionales de la salud, el gobierno argentino dicta una nueva ley  (Ley 24.521 de Educación Superior. 1995) en cuyo contexto se incluye un artículo que crea un órgano desecentralizado de evaluación y acreditación para las casas de altos estudios, que comienza a funcionar en agosto de 1996 bajo la denominación de Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria ( CONEAU ).
Por  resolución de la CONEAU N° 094 de 1997, con aportes del Consejo Interuniversitario Nacional ( CIN ) y del Consejo de Rectores de Universidades Privadas ( CRUP ), se aprueba el documento "Lineamientos para la Evaluación Institucional", a partir del cual comienza la tarea de evaluar y acreditar las facultades, carreras de posgrado y doctorados existentes. 
Aparte de la evaluación externa de las carreras y posgrados, y de la acreditación periódica de las mismas que correspondan a "profesiones reguladas por el Estado cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público poniendo en riesgo la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes", es función esencial de la CONEAU "pronunciarse sobre la consistencia y viabilidad de los proyectos institucionales, que se requieren para que el Ministerio de Educación autorice la puesta en marcha de una nueva institución universitaria nacional creada por ley, o el reconocimiento de una institución universitaria provincial, o de un proyecto para el otorgamiento de autorización provisoria de nuevas instituciones privadas, su seguimiento y su reconocimiento definitivo ". Todas las resoluciones de la CONEAU son vinculantes debiendo refrendarse por el PE Nacional. 
Las decisiones de la CONEAU deben sustentarse en los patrones y estándares a que hace mención el art. 45 de la ley 24.521, y que según lo estipulan los art. 42 y 43, refieren a "una carga horaria mínima", "contenidos curriculares básicos" y "criterios sobre la intensidad de la formación práctica". Estos patrones generales deben ser reglamentados previa consulta con el CIN y descriptos en atributos e indicadores a los que deberán ceñirse las instituciones que requieran su aprobación para funcionar.
Cabe consignar que éstos patrones no hacen mención a ninguna condición, fuera de las mencionadas, que pueda interpretar como innecesaria la creación de una nueva facultad.  Sin embargo, la propia CONEAU, al contratar a los expertos evaluadores, les informa que deben " analizar la justificación, viabilidad y consistencia del proyecto institucional y académico y su adecuación a los principios y normas legales en vigencia, y al nivel académico del cuerpo de profesores con que contará y su trayectoria científica y docente universitaria, como también los medios económicos que la sustentarán, los planes de estudio e investigación, y su vinculación a través de acuerdos y convenios institucionales ".
En el área de la odontologia, en 2008 se dicta la resolución ministerial 1413, a través de la cual se sancionan los estándares para la acreditación de las carreras existentes y de las que lo soliciten para su iniciación, y se aprueba la primera convocatoria para el año 2009. 
A partir de entónces, se evalúan y acreditan para su funcionamiento algunas facultades privadas sobre la base de lo normado en la res.1413, que es bastante clara en los atributos derivados de los estándares de la ley 24.521, pero no establece ninguna limitación relativa a la justificación y viabilidad fáctica del proyecto.
Cabe mencionar que en un documento que elaborara en el año 2.000 para la Asociación de Facultades de Odontologia de la República Argentina (AFORA), ya hice constar la mayor parte de los estárdares que menciona la res. 1413, pero no fueron tenidos en cuenta aquellos que a mi entender resultan esenciales para otorgarle pertinencia a la aprobación del funcionamiento de una nueva escuela o facultad.
Dichos estándares eran :
  1.- La estructura y distribución poblacional, y la situación
       socioeconómica del país y del área programática, constituyen
       indicadores esenciales de la programación curricular y deben
       explicitarse a lo largo de toda la carrera.
  2.- La facultad reconoce como prioritaria la programación 
       curricular y el desarrollo de la práctica por parte de los
       educandos en consonancia con el diagnóstico de salud bucal
       poblacional, los modelos organizacionales de los servicios, y
       de las necesidades de la población, poniendo el acento en el
       soporte epidemiológico, en la posible demanda futura de
       profesionales en los servicios, en la formación dirigida a la
       atención primaria más que a la especialización, y a la
       participación activa en el análisis crítico de la tecnología
       y en su producción.
  3.- La facultad tiene en cuenta la hegemonía de la práctica
       odontológica, las necesidades de salud y las posibilidades
       de empleo, en la adecuación de los cupos de ingreso,
       desarrollando al mismo tiempo todas las acciones tendientes
       a facilitar un ensanchamiento del mercado de trabajo 
       profesional sobre la base de un ordenamiento de los recursos,
       de una adecuada planificación de la salud dental y de una
       racionalización de los servicios, apoyando las propuestas en
       documentos científicamente elaborados y en investigaciones
       biosocioepidemiológicas y operativas.

En la presentación institucional para la acreditación de una nueva facultad, se acompañará la respectiva documentación respaldatoria, que en el caso de los precedentes estándares deben ser :
  *  Contenidos básicos de la programación curricular, señalando 
      expresamente aquellos referidos a aspectos poblacionales, 
      socioeconómicos, salud comunitaria, organización de los
      servicios y desarrollo tecnológico con énfasis en la tecnología
      apropiada.
  *  Documentación sobre la información que se proveerá a los
      aspirantes al ingreso a la carrera, sobre el mercado de trabajo y
      la fuerza de trabajo existente en la odontologia.

Como puede observarse, la cumplimentación de los estándares enunciados, y la documentación respaldatoria, resulta crucial a los efectos de que quienes deban opinar sobre la pertinencia de autorizar el funcionamiento de una nueva facultad, no funden su opinión solo en los tres estándares de la ley, sino y fundamentálmente en las reales necesidades de crear una nueva casa de estudios o desecharla.
Hemos podido observar algunas facultades privadas autorizadas a funcionar en ciudades que ya disponían alguna institución pública, privada, o ambas a la vez, para abastecer un área programática en la que la relación odontologo-habitantes, superaba ámpliamente lo que instituciones como la OPS o la FDI, consideran como suficiente para brindar un óptimo servicio de salud dental.
Por otro lado, la plétora profesional que sucede en éstas áreas, crea situaciones de desempleo, subempleo y explotación  de los jóvenes profesionales, que ven frustradas sus expectativas y en algunas situaciones optan por caminos lindantes con la ética profesional.
Una reforma de la ley 24.521 en lo referente a los estándares 
(art.42-43), se impone a los efectos de evitar la creación de instituciones educativas que no aportan nada positivo a la sociedad, en profesiones sobre las que el estado debe desplegar un sano control en beneficio de la comunidad, e incluir entre los expertos evaluadores convocados por la CONEAU, algún representante de los colegios profesionales del área, que son instituciones paraestatales que pueden proveer datos e información sensible sobre la matrícula odontologica, su distribución geográfica y sobre las reales necesidades y demandas de servicios que justifiquen la creación de una nueva facultad de odontología. Esta situación ya se dió a través de un decreto presidencial en 1975, pero lamentáblemente su vigencia fué efímera y no logró ser incluida en ninguna de las leyes de educación superior aprobadas con posterioridad.
La creación de una nueva facultad de odontologia no debe obedecer a un capricho institucional, y mucho menos a un criterio materialista, que por otra parte no representa una oportunidad laboral para los docentes, generálmente mal pagos y bajo condiciones precarias de contratación, que en las facultades privadas evitan la selección por concurso de antecedentes y oposición como lo establecen las instituciones públicas.
El estado, debe bregar por generar los recursos humanos necesarios para atender los requerimientos de la sociedad, pero de ninguna manera derrochar recursos financieros, o permitir la comercialización de titulos que generan expectativas en los educandos, que no podrán satisfacerse plenamente y que pueden resultar gravosos sobre las propias expectativas de la comunidad.