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lunes, 22 de julio de 2019

UNA MISION INDELEGABLE DE LOS ORGANISMOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Las instituciones de la seguridad social, cumplen con la función esencial de salvaguardar de los riesgos y contingencias a los que se hallan expuestos sus afiliados activos, aunque su preocupación principal recae en fondear sus necesidades cuando se alejan de su actividad transformándose en pasivos por su condición de personas mayores, para lo que aportaron en su etapa activa.
Los adultos mayores no solo requieren de una prestación jubilatoria que les permita acceder a sus requerimientos básicos, sino tambien a la cobertura de su salud.
La atención médica en la actualidad se ha constituido en una misión especial para los adultos mayores, difícil de ser afrontada totálmente como consecuencia de los elevados costos provenientes de los adelantos científicos y tecnológicos destinados a la protección, recuperación y rehabilitación de aquellos que constituyen los grupos más vulnerables de la sociedad.
Sin embargo, las instituciones casi siempre olvidan que antes de dichas acciones, existe otra función esencial en el ámbito de las prestaciones de salud, que es la promoción. Una buena información y un consejo oportuno pueden evitar males mayores, y al mismo tiempo, pueden contribuir a una apreciable disminución de los costos que ocasionan los hechos ya consumados.
Es bueno que la salud y seguridad sean adecuádamente atendidos en los jóvenes activos, y que también se les faciliten prestaciones crediticias para el mejoramiento de su calidad de vida, pero ello no debe constituirse en un obstáculo que enerve el derecho de los mayores, y todo lo que se haga para mitigar los efectos de la vejéz y evitar la incidencia de enfermedades y accidentes que pueden prevenirse con una buena información, no hará más que disminuir las posibilidades de su ocurrencia y como consecuencia acotar los gastos que inciden notóriamente sobre los presupuestos institucionales.
Tanto la " Carta de San José sobre los derechos de las personas mayores " como la " Carta de los derechos de las personas mayores" publicada por la Dirección Nacional de políticas para adultos mayores de nuestro país, ponen especial énfasis en el derecho que garantice el acceso de dichas personas a las tecnologías de la información y comunicación (Tics), no solo a los efectos de reducir la brecha tecnológica, sino para acceder a una educación para la salud que debe ser provista por los organismos competentes.
Un ejemplo a imitar, es la función que cumplen los " Centros para el control y prevención de las enfermedades " (CDC) de los EE.UU, a través de sus informes y consejos al alcance de toda la población a través de las redes informáticas.
En el mismo país, el " National Institute on Aging " (NIH), cumple una función similar, haciendo llegar a las personas de la tercera edad información, instrucciones y consejos para la prevención de enfermedades y accidentes. 
Reproducimos uno de dichos informes :



La función de la promoción de la salud, tiende a contribuir a la disminución de la morbimortalidad por causas reducibles, interviniendo sobre los condicionantes sociales, biológicos, y los estilos de vida de la población.
La reducción de la carga de enfermedades y accidentes en las personas mayores, es uno de los más importantes emprendimientos que las instituciones de la seguridad social deben asumir y abordar, promoviendo un acceso fácil, seguro y equitativo de dichas personas a través de los distintos canales de difusión.

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