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sábado, 4 de febrero de 2012

OBJETIVOS A CONSIDERAR EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA-APRENDIZAJE DE LA ODONTOLOGÍA. ( segunda parte )


4.- EVITAR LAS REPETICIONES INNECESARIAS Y LAS
     SUPERPOSICIONES.


     La limitación del volúmen de información que se espera sea retenida por los estudiantes de odontología, resulta casi una constante en la mayor parte de las propuestas pedagógicas de los últimos años en las principales escuelas del mundo.
Los repasos y los ciclos previos de nivelación de conocimientos, no resultan ya un requerimiento habitual, aunque para prescindir de ellos, las escuelas han debido llevar a cabo un verdadero esfuerzo para la introducción de modificaciones curriculares que ya hemos analizado en publicaciones previas.
Sin embargo, resultaría oportuno que, en la medida en que puedan funcionar grupos tutoriales, el docente evalúe la posibilidad del refresco de conocimientos en aquellos educandos que lo necesiten, pero que en última instancia sean congruentes con los lineamientos a que se han debido ajustar las unidades temáticas precedentes, pues de lo contrario, se introduce en el alumno la duda y la incertidumbre sobre la pertinencia y validéz de la información impartida.
Otra alternativa en ésta cuestión, es la introducción del aprendizaje independiente fuera del horario curricular, que algunos programas lo denominan "currícula oculta". El desarrollo de éste tipo de experiencias, requiere de una revisión de los métodos docentes y de los mecanismos de evaluación, así como tambien de un correcto ajuste de la carga de trabajo que el educando puede soportar razonáblemente.

5.- DAR UNA ESTRUCTURA SECUENCIAL A LAS
     UNIDADES TEMÁTICAS.

     En toda estructura pedagógica, el ordenamiento de los conceptos se basa en la susceptibilidad de articularse según su grado de prelación. Para ello deben determinarse cuidadosamente aquellos conocimientos que son fundamentales para la obtención de otros, y luego ordenarlos en un plan conjunto que ofrezca un órden progresivo y lógico que garantice cierta continuidad en el aprendizaje.
Este ordenamiento, cuya configuración es patrimonio de cada unidad temática, debe insertarse tambien en el marco de los distintos cursos que integran una orientación determinada.
En cada curso en particular, será facultad del departamento la integración armónica y secuencial de los contenidos entre las distintas asignaturas que lo integran.
De la contrastación de los respectivos programas, y siempre que el órden temático se cumpla en su desarrollo temporal, puede surgir la necesidad de una reconsideración de las prelaciones establecidas en las unidades temáticas, para dar pertinencia a dichos contenidos con el objetivo que se ha enunciado.

6.- DETERMINAR LA CARGA HORARIA ACEPTABLE DE
     CADA CURSO PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOS DEL
     MISMO.

     Sobre la base del establecimiento de objetivos educacionales
alcanzables, resulta esencial desarrollar programas que arriben a las metas preestablecidas a lo largo de una carga horaria que respete el tiempo no comprometido, y que sea razonáblemente asimilada por el alumno.
Almismo tiempo, esta carga horaria del curso, debe compatibilizarse con las uidades temáticas que en forma horizontal, se superponen a lo largo del período escolar. Se admite en general, que para el ciclo clínico del alumno de odontología, no deben superarse las 25 horas semanales. El departamento determinará el total de horas de cada curso a lo largo de un año, semestre, etc., y la duración de cada sesión de trabajo. Esta carga de trabajo, y según el tipo de asignatura, se integrará con clases teóricas en las que la actividad intelectual se aplica al acopio de conocimientos, conceptos y principios básicos; y experiencias de laboratorio o clínicas destinadas al dominio de habilidades y desarrollo de destrezas para la resolución de los problemas que se plantéen. El departamento deberá velar para que en la medida que el educando avanza en la coordinación vertical del area, lo haga con el acervo de conocimientos y la capacitación práctica suficientes para abordar con criterio y destreza las acciones que se le encomienden.
En la clínica, se profundizará y ampliará luego el entrenamiento del alumno al lado del enfermo, intensificando e intercambiando conocimientos, evaluando resultados y desarrollando en suma, las tres actitudes básicas que cimentarán su vida profesional : la actitud "mental", que despertará su intelecto, la actitud "moral", que afirmará su juicio y la actitud "técnica", que desarrollará su habilidad. Las distintas actividades a desarrollar, deben planificarse adecuádamente, evitando la improvisación y la toma de decisiones para las que el estudiante no está capacitado.  La eficacia de toda esta tarea docente dependerá sobremanera de la relación docente-alumno que se establezca en cada curso.
La experiencia en distintas facultades de odontología, ha determinado que dicha relación en la clínica oscila entre 1:4 y 1:8.

                                                             Continuará.     

viernes, 9 de septiembre de 2011

ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA

El marco legal y las misiones de la Universidad

En Argentina, la sanción de la ley 24521 en 1995, désató una polémica en los   ambientes universitarios que estaba centrada, más que en su contenido reglamentario, en la forma en que abordaba en algún caso y soslayaba en otro, aspectos que desde siempre se manejaron más como banderas políticas, que como instancias académicas. En más de 100 años de vida institucional, las universidades nacionales han sido regidas por cinco leyes nacionales de trámite parlamentario :  la ley 1597 de 1885; la 13031 de 1947; la 14297 de 1954; la 20654 de 1974 y la 24521 de 1995. Hubo además cinco decretos-leyes producidos por gobiernos de facto, hasta el 22207 que rigió desde 1980 hasta 1984 en que fué derogado.
Con independencia de las ideas dominantes en cada época, de las políticas nacionales vigentes, del contexto socio-político en que se insertaban, o de los criterios, tendencias y concepciones de sus impulsores, las distintas normas legales centraban el accionar de la universidad en tres misiones fundamentales :

1.- Asegurar la cultura y educación general.

2.- Formar recursos humanos con responsabilidad en las áreas de interés social.

3.- Realizar y fomentar la investigación científica.

El segundo punto, ya lo hemos abordado en las entradas correspondientes al capítulo sobre "Criterios sobre la intensidad de la formación práctica".  Expondremos por tanto a continuación, algunos conceptos sobre las otras dos misiones de la universidad.

jueves, 8 de septiembre de 2011

ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA

Acreditación de Facultades y carreras de Odontología.

PRESENTACIÓN  INSTITUCIONAL
A los efectos de cumplimentar los requerimientos
que surgen del contenido de cada estándar, la  Facultad o Escuela deberá caracterizar pormenorizádamente todos los aspectos estructurales, programáticos, metodológicos, conceptuales y de recursos, y según la dinámica impuesta por el organismo evaluador, los expondrá a través de un diagnóstico institucional orgánico, o lo desplegará en cada atributo en general o en cada indicador (estándar) en particular. Así la Institución deberá contar con los siguientes documentos:
a.- Acciones emprendidas para la fundación institucional y marco normativo-legal que se pretende o en el que se ampara su funcionamiento.                                                                     
b.- Estructura académico-administrativa. Misión y funciones.
Autoridades superiores. Funcionarios de carrera. Interdependencias.
c.- Incumbencias que le asigna al producto profesional.               
d.- Objetivos propuestos para las carreras a acreditar.                    
e.- Perfil profesional deseado.                                                    
f.- Estructura curricular diagramada por áreas del conocimiento, y expresada en contenidos básicos, carga horaria, objetivos educacionales específicos y discriminación entre la teoría y la práctica.                                                                                 
g.- Correlatividades, articulaciones, integración y salidas intermedias.                                                                             
h.- Mecanismos de evaluación.                                                 
i.- Prerrequisitos para el ingreso y para el avance en el proceso de formación.                                                                               
j.- Metodología del proceso enseñanza-aprendizaje para cada área en particular.                                                                         
k.- Recursos humanos: alumnos, docentes, auxiliares, técnicos, administrativos y de servicios. Condiciones de ingreso y permanencia.                                                                     
l.- Estructura física de las clínicas, laboratorios dentales y de ciencias básicas, servicios de apoyo y áreas de recreación y complementación académica-asistencial.                                
m.- Articulación docente-asistencial. Metodología, clínicas periféricas y servicios hospitalarios satélites.                                
n.- Investigación, extensión y publicaciones.                             
o.- Recursos económicos y financieros. Recursos de autogestión.
p.- Relaciones interinstitucionales y participación inter y transdisciplinarias.                                                                     
q.- Mecanismos de autoevaluación y control de gestión.

La presentación, deberá estar precedida por un marco conceptual globalizador que incluya, la filosofía y el sistema de valores en que se apoya la creación y el funcionamiento de la institución y de las carreras a acreditar, los propósitos y objetivos de la Facultad o Escuela enmarcados en el contexto socioeconómico y político del área de su influencia, de las condiciones de salud bucal de la población, de las prioridades de salud, del diagnóstico de necesidades de recursos humanos para resolver los problemas prevalentes de salud bucal, y de la disponibilidad de recursos físicos y financieros, todo ello con una explicitación sobre la manera y forma en que los programas educativos se enmarcarán en dicha problemática. 
Si se analiza en forma superficial y apasionada todo éste rosario de requerimientos a satisfacer a los efectos de obtener la acreditación para la creación o el funcionamiento de instituciones universitariasque desarrollan carreras críticas, pareciera exagerado y hasta absurdo por la extensión y profundidad de la documentación pasible de solicitar.  Sin embargo, debe entenderse que para todas éstas acciones existe un marco legal, que en nuestro País, tiene su historia y que determina cláramente el cómo y el porqué del funcionamiento de las instituciones universitarias .                                                                                                                           
     
                                                         
                                                        


                                                                    

     

martes, 6 de septiembre de 2011

ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA

Acreditación de Facultades y Escuelas de Odontología y sus carreras. Los"estándares".

Las relaciones entre la educación dental, la profesión odontológica y la comunidad son indiscutibles. La transmisión del conocimiento y la formación del personal de salud, en el desarrollo de las destrezas analíticas y prácticas que hacen al desempeño profesional, no deben estar aislados de las condiciones sociales y económicas del entorno.
Esto ha quedado debidamente explicitado en entradas anteriores, y fundamentalmente en relación a aquellos aspectos que han sido considerados vitales en el marco de los artículos 42°y 43° de la ley 24521, vale decir, a la cumplimentación por parte de las instituciones que dictan carreras críticas con reconocimiento oficial y responsabilidad social, de una carga horaria mínima, de criterios sobre la intensidad de la formación práctica y de los contenidos curriculares básicos, y que habrán de constituirse en elementos esenciales para la evaluación y acreditación de las carreras respectivas, aunque nó los únicos por cierto, ya que dada la imposibilidad en el presente de establecer un control del producto para su habilitación, debe ponerse todo el acento en el control del proceso que lo forma.
El artículo 45° de la ley ya mencionada, hace mención a los estándares a los que deberán ajustatrse las carreras y por ende las instituciones que las imparten a los efectos de ser acreditadas. Es bien cierto que la importancia de una universidad, no radica en poseer programas frondozos y carreras largas.
Tambien es cierto que los procedimientos evaluatorios, no deben exigir más allá de lo que se considera razonable y adecuado en patrones y metas, para el alcance de los objetivos indispensables que permitan volcar al medio, un producto profesional apto no solo por su acervo científico, sino tambien con ajuste a objetivos sociales deseados.
El "estándar", debe enunciar dentro de una serie de variables que caracterizan aspectos esenciales de un proceso, las condiciones a satisfacer para lograr el reconocimiento de su idoneidad y pertinencia a condición de su legitimidad, que se obtendrá demostrando consistencia, coherencia, comparatividad, certidumbre y flexibilidad.  La aplicación de los estándares en los procedimientos evaluatorios que devienen en acreditación, califican en nuestro caso, la capacidad formadora de los centros docente-asistenciales en un momento de su vida.  Sin embargo, como ya lo expresáramos anteriormente, ésta evaluación debe ser periódica a los fines de obtener información sobre los efectos de la evaluación anterior, lo que se traduce en una atención permanente por mantener los centros universitarios, en un nivel de calidad concordante con los ideales de excelencia que se trazaron previamente las propias instituciones.
Es por ello, que la propuesta no consiste en fijar una serie de estándares para su aplicación y calificación única y definitiva, sino en propiciar un procedimiento permanente como el propuesto en páginas anteriores, con un escenario normativo al cual encaminarse, y un escenario actual al momento de la evaluación, flexibilizando las exigencias momentáneas, pero apuntando a una adecuación a futuro.  El procedimiento de acreditación debe darse, tánto para el inicio de la actividad de una institución formadora, a través del cual se autoriza su funcionamiento, como para posteriores evaluaciones que acrediten la justificación de su mantenimiento, sobre la base de un avance gradual pero constante, en el alcance de los objetivos previstos en el modelo normativo.
La evaluación universitaria y la acreditación de las carreras de grado, representa para Argentina un procedimiento novedoso que se plasma jurídicamente en 1995. Sin embargo, ya en la década de 1980, y con el patrocinio de la O.P.S, la OFEDO-UDUAL promovió un mecanismo evaluatorio optativo que se llevó a cabo en cuatro facultades de odontología del pais, y en varias latininoamericanas, utilizando la metodología del "análisis prospectivo" al que yá nos refiriéramos anteriormente.
El tema nó obstante, ya era suficientemente conocido y experimentado el los EE.UU de N.A.  El Council on Dental Education adoptó en 1940, un conjunto de requerimientos para la aprobación del funcionamiento de las nuevas escuelas dentales, y fijó condiciones que pasaban por: la educación predental, las exigencias para la graduación, los procesos educativos de pre y post grado, la planta física de las escuelas, la admisión de los educandos, la práctica hospitalaria y la pertinencia con el contexto, sin descuidar el soporte y manejo financiero de las instituciones, la biblioteca etc..
Lo importante en todos los casos, es la compatibilidad de los estándares con las acciones y exigencias que por ley se les plantean para su funcinamiento, y la presentación en tiempo y forma de algunos requerimientos administrativos, y en lo posible un encuadre conceptual institucional.
Esta propuesta, se estructurará en las cuatro categorías ya descriptas; el CONTEXTO, que es el aspecto externo del sistema; la ESTRUCTURA, que representa el modo de interrelación de los componentes del proceso; la FUNCIÓN, que resume la actividad de de los componentes de la estructura y la INTEGRALIDAD, que es el aspecto cardinal y sistemático del proceso, que garantiza su especialidad cualitativa.
En cada una de éstas categorías, se explicitarán los atributos, que son las cualidades o propiedades que engloban los distintos aspectos en que pueden compartimentarse las categorías, y dentro de cada atributo se describirán como indicadores, los estándares propuestos.
Estos estándares, se ordenarán en un escenario razonable y al final del capítulo, se proyectarán a un escenario normativo avanzado, que para el caso de cada acreditación en particular, lo propondrá la institución evaluada.

sábado, 3 de septiembre de 2011

ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA


CRITERIOS SOBRE LA INTENSIDAD DE LA FORMACIÓN PRÁCTICA. (tercera parte)

En relación con la propuesta de 5095 horas de carga horaria total, que determina un predominio para las actividades prácticas con relación a las teóricas, conviene aclarar que las prácticas, incluyen todas aquellas actividades que implican la participación activa del alumno en cada uno de los cursos programados, pero que el peso mayor se distribuye entre las áreas preclínicas y clínicas.
Algunos talleres y seminarios, son considerados tambien como actividad práctica en la medida en que promueven el desarrollo de destrezas analíticas que le son caras al trabajo en laboratorios, sobre simuladores o sobre pacientes.
El trabajo sobre modelos o simuladores (maniquies, typodontos), tiene sus defensores y detractores. La llamada práctica preclínica, ubica al estudiante frente a materia inerte, y entorpece el desarrollo actitudinal y afectivo, e impone una especie de reeducación psicomotora del alumno al producirse el cambio del escenario simulado al real. Sin embargo, algunos estudiosos opinan que puede resultar peligroso, tanto para el educando como para el paciente, el contacto prematuro con la experiencia viviente, sin descartar algunas connotaciones de orden legal que imperan en algunos paises.
No caben dudas que la utilización del método clínico, enfrentando al alumno con el paciente, y permitiéndole tomar contacto directo con el proceso de salud-enfermedad, constituye el modelo pedagógico mas aceptado, y en la medida en que pueda irse reemplazando el uno por el otro, el cambio no habrá de influir tanto en la carga horaria total, como en una mayor disponibilidad de tiempo clínico con servicio directo al paciente. De ésta manera, la integración del conocimiento en sus aspectos biopsicológicos y tecnológicos, evita el predominio de la biotécnica y aleja la conversión del ejercicio clínico en un acto meramente cualitativo.
El proceso de enseñanza-aprendizaje clínico, no posee tán solo la disposición de restaurar o rehabilitar la salud del paciente. Permite tambien otros logros importantes como la simplificación de la atención odontológica, que representa un adelanto tecnológico por el cual se logran beneficios de productividad, de ergonomía, de manejo del personal auxiliar y de administración operativa.
Un párrafo aparte merece la integración docente-asistencial y el trabajo en sedes extramurales. Esta forma de práctica clínica, que debe ser estimulada, y que ha recibido aportes y apoyos de instituciones como la O.M.S, apunta a la unión de esfuerzos en un proceso de creciente articulación entre instituciones educativas y servicios de salud, para contribuir a mejorar las condiciones de vida de comunidades, mediante la prestación de servicios adecuados a las necesidades reales de la población.  Alienta tambien la producción de conocimientos y la formación de recursos humanos, necesarios en un determinado contexto y en acuerdo a las políticas y planes de salud. Es considerado por lo tanto, como un verdadero proceso social y nó una simple estrategia para el cambio o para la extensión de la cobertura. Este tipo de práctica, ha permitido en aquellos paises, regiones o ciudades en los que se ha desarrollado, una serie de beneficios tales como:

a.- La formación de profesionales con espíritu crítico y conocedores de su realidad circundante en el area de la salud.

b.-La planificación curricular en las facultades, tomando como referencia la realidad local en general y la patología predominante en particular.

c.-El desarrollo de metodologías activas de enseñanza-aprendizaje  y de autoaprendizaje.

d.- El desarrollo de perfiles ocupacionales y de la estructura del desempeño, que faciliten la supervisión y la evaluación.

e.-La reconversión del personal de los servicios y su incorporación a la tarea docente.

f.- La puesta en situación realista, tanto en lo social como en lo económico, del recurso docente universitario.

g.- El desarrollo de la educación contínua y de los programas de supervisión.

h.- El desarrollo de la investigación relevante y prioritaria.

Los criterios sobre la intensidad de la formación práctica, apuntan en general a varios frentes entre los que pueden contarse:

1.- Eliminar de los programas de estudio, el material redundante o de utilidad marginal, cuya carga horaria pueda ser suplida por un crecimiento de la práctica o del resarrollo de aptitudes, o actitudes de pensamiento críticas.

2.- Reemplazar la enseñanza centrada en los procedimientos, por una asistencia integral de los pacientes.

3.- Fomentar una vinculación mas estrecha entre las ciencias básicas y las clínicas; entre las clínicas entre sí, y en las estrategias que promueven el trabajo en equipo y la interdisciplina, nó solo en el área de la odontología, sino tambien con la medicina y otras profesiones de la salud.

4.- Preparar a los docentes y auxiliares, para enfrentar éstos desafíos y para que se transformen en verdaderos agentes de cambio.

5.- Educar a los alumnos, para la adquisición de atributos que le permitan superar positívamente, los escollos que plantea la práctica clínica y que pueden resumirse en :

ACTITUD :  Disposición de ánimo hacia el desarrollo de las destrezas y al correcto trato del enfermo y de los docentes.

APTITUD :  Conocimiento teórico adecuado de la actividad a realizar.

SEGURIDAD :  Desempeño sin dilaciones ni titubeos.

PRECISIÓN :  Maniobras justas y adecuadas.

HABITO :  Respeto por costumbre de los preceptos básicos de la ciencia y la técnica.

AUTOMATISMO :  Realización de las maniobras con total soltura y espontaneidad.

La educación dental así concebida, y llevando al campo del ejercicio de la profesión los criterios enunciados, contribuirá al éxito de los planes de estudio y a su validación en la práctica, por el impacto que tendrán sobre la formación de los recursos humanos y sobre el estado de salud de las comunidades.

martes, 23 de agosto de 2011

ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA

LOS CONTENIDOS CURRICULARES BÁSICOS.            ( décima parte )

       Formulación de los contenidos básicos
                            o mínimos.
Del análisis de lo expuesto en páginas anteriores, puede inferirse que, tanto las incumbencias, como el perfil profesional, la estructura curricular, los programas de estudio y los objetivos educacionales, representan partes de un todo en donde la apariencia de superposiciones y obviedades, resulta manifiesta para quien desconozca los vericuetos de la programación educativa en los niveles superiores. Si a ello se agregan las unidades temáticas y los contenidos curriculares, la problemática se agudiza, por lo que resulta imprescindible fijar claramente los alcances de tán intrincada terminología.
La formulación de contenidos, tal vez sea el último eslabón de ésta cadena, y por lo tanto deben responder absolútamente a cada una de las instancias que determinan y condicionan el desarrollo de una carrera, que concluye con el otorgamiento de un título profesional con responsabilidad social.  Es por ello, que la tarea de los docentes y autoridades educativas cuando fijan los contenidos de las asignaturas de un plan de estudios, resulta relevante y requiere de un profundo conocimiento no solo de la materia que se aborda, sino de toda la problemática legal y social que enmarca la formación del recurso humano capacitado para el ejercicio profesional.
La definición de "contenidos mínimos" o "básicos" que hemos analizado al comienzo, es representativa de los deseos y requerimientos de la comunidad para el resguardo de la idoneidad profesional, aunque no siempre su sola formulación represente una garantía absoluta en dicho sentido. Se requiere por tanto, que los contenidos básicos o mínimos de cada unidad temática, vayan acompañados de una síntesis de los objetivos que se establecen para el educando, y en algunos casos tambien puede complementarse con una justificación del curso en particular y con una breve descripción de la metodología a emplear en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Estos contenidos mínimos, obtenidos por consenso, servirán no solo como soporte del proceso educativo de cada institución de enseñanza, sino que además permitirán una comparación con otros institutos, a los efectos de posibilitar las tareas de habilitación, acreditación, certificación, reválida etc..
La forma de presentar las tablas de contenidos básicos, difiere según se analicen algunos criterios sustentados por las diferentes instituciones educativas.
En general, los planes de estudio de nuestras facultades y escuelas de Odontología y Medicina, promueven la formulación de dichos contenidos enmarcándolos en cada materia, curso, asignatura etc., con lo cual ya se está insinuando una estructura curricular, un número de materias y una denominación para cada una de ellas.
El Council on Dental Education de los EE.UU de Norteamérica, fija los contenidos por areas de conocimiento, con independencia del número y tipo de asignaturas y de su denominación específica.
El resultado final de cada sistema, apunta al logro de idénticos objetivos, por lo tanto, los agrupamientos de Facultades ( AFACIMERA ya lo definió ) deben acordar el sistema a adoptar, para lo cual, en el caso de las Facultares y Escuelas de Odontología, resultará aconsejable una encuesta y un seminario que favorezca el consenso.

domingo, 31 de julio de 2011

ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGIA:

LOS CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS ( tercera parte )

                  LAS  INCUMBENCIAS

Así como puede decirse que el primer modelo de incumbencias médicas, lo constituyó la obra de Hipócrates, en el area de la Odontología lo fué la primera limitación legal aparecida en Francia en 1699, que requería un exámen para la autorización de su práctica, y cuya base académica lo constituyó la publicación " Le Chirurguien-Dentiste ou Traité des Dents " de Pierre Fauchard librada al público en Paris en 1728.
En Argentina, la reglamentación de incumbencias compete al Ministerio de Educación, casi siempre en respuesta a una delegación de funciones que por ley, determina el Poder Legislativo. Como puede observarse, a través de dicha mecánica quedan excluidos en la participación de la reglamentación de las incumbencias correspondientes a los títulos profesionales, sectores fundamentales como el area de desempeño profesional, en nuestro caso el sector salud, y la propia profesión a través de sus organismos competentes.  Puede arguirse que en la actualidad, los Consejos Directivos de las Facultades poseen miembros representantes del claustro de Graduados, pero dicha representación no es orgánica, sino a través de agrupamientos políticos creados tan solo a los fines electorales.
Este problema, que no ha constituido una verdadera preocupación para la Odontología en nuestro Pais, no debe desdeñarse, ya que la aparición de facultades privadas, o la estructuración de carreras intermedias o auxiliares con delegación de funciones clínicas, pueden generar títulos habilitantes con derecho a ejercicio que trastoquen las actuales equivalencias y competencias, y que promuevan la aparición de zonas grises y conflictos limítrofes difíciles de preveer.  Valga tan solo a modo de ejemplo, algunas situaciones aparecidas en el ejercicio de las ciencias veterinarias y agronómicas, con relación a la aparición de tecnicaturas de nivel intermedio y oficios que sustraen contenidos curriculares de las carreras universitarias.
En las ciencias sociales, jurídicas y económicas, se han dado situaciones similares con la aparición de variadas licenciaturas.  Un caso alarmante, lo constituyó el desarrollo de distintas ramas de la ingeniería. En la década de 1970, ya se otorgaban títulos en 139 especialidades civiles y 59 agronómicas. Así las cosas, el 10 de Abril de 1975 el Gobierno Nacional promulga el Decreto 939, que trata de poner coto a este verdadero mosaico de títulos profesionales, y en relación a las universidades privadas establece en su artículo 2°: "El Ministerio de Cultura y Educación requerirá al respectivo establecimiento, que proponga las incumbencias que a su criterio deberán asignarse al título, y nó podrá determinarlas sin la previa consulta a los Consejos o Colegios profesionales vinculados con la orientación y posible area de acción sobre la cual aquellas tengan incidencia".
Es este, el primer amago de racionalidad en la determinación de las incumbencias. Lamentáblemente, los sucesivos cambios de gobierno,determinaron dejar en el olvido dicho decreto, sin contar con la complicidad de las propias universidades privadas, y de instituciones profesionales que les facilitaron infraestructura y personal docente para el dictado de dichas carreras.La creación de la CONEAU, puso en manos de éste organismo la facultad de evaluar y acreditar las carreras y cursos universitarios, dejando de lado la participación de las instituciones colegiadas en tán importante determinación.
Con relación a la Universidad de Buenos Aires, se halla en vigencia la resolución 554/83, que reglamenta el art. 61 de la ley 22207, y que establece como incumbencias del título de Odontólogo la " promoción de la salud, prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades del aparato estomatognático en:

a)  Piezas dentarias
b)  Estructuras de inserción y de sosten de las 
     piezas dentarias y sectores oseos adyacentes a 
     las mismas.
c)  Mucosa bucal desde labios hasta pilares 
     anteriores, paladar blando y base de la lengua.
d)  Huesos maxilares y articulación 
     témporomandibular.
e)  Senos maxilares.
f)  Glándulas salivares mayores y menores.
g)  Sistema neuromuscular.
h)  Anatomía patológica.
i)  Farmacología.
j)  Análisis bacteriológicos bucales.
k)  Cirugia máxilofacial. 

 Cabe consignar, que la determinación de las incumbencias no es nada mas que un paso en la estructuración de una profesión.  La fijación de las mismas, que no es otra cosa que la expresión de la sociedad para delimitar el campo de acción profesional, evitando en lo posible las superposiciones y areas de conflicto, ayuda a la
especificación de los objetivos, en términos de
conductas, que deberán alcanzarse en las escuelas de odontología para la obtención de un producto, con capacidades suficientes para el logro de la
acreditación profesional.  Este conjunto de capacidades, constituyen el perfil profesional, que
abordaré en la siguiente entrada. 

domingo, 24 de julio de 2011

ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA

LOS CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS ( segunda  parte  )

La indeclinable responsabilidad del estado, como mandatario de la comunidad, en la legislación de la formación del recurso humano profesional, tiene distintas connotaciones que hacen a la modalidad del ejercicio de cada profesión.  En el sector de la sanidad, la motivación prioritaria descansa en la necesidad de preservar la salud de la población.
Dicha responsabilidad en éste sentido es de tal envergadura, que los poderes públicos deben constituirse en celosos custodios de tán delicada misión.  El órden jurídico, basamento del estado de derecho, se aplica a la función de garantizar los bienes e intereses humanos individuales y colectivos. Cuando éstos intereses son sometidos a la regulación del derecho, se transforman en bienes jurídicos.  La salud pública es un bien protegido por el derecho, y el estado debe armonizar su quehacer, al hecho de evitar que se enerve su responsabilidad en dicha materia.
Así, siguiendo un largo camino, y como consecuencia de una percepción  de necesidades no cubiertas en una comunidad, comienzan a generarse los mecanismos de autoprotección que concluyen con el reconocimiento de una profesión de servicio público, el establecimiento de los mecanismos para su desarrollo y para la formación del recurso humano adecuado, a través de una carrera reconocida a la que le confiere el marco jurídico y científico que delimitará el ejercicio de su producto profesional ( incumbencias ), determinando el conjunto de actividades, asignaturas y medios que constituirán el sistema de enseñanza-aprendizaje para su desempeño (currícula), y la suma de experiencias que el educando vivirá en cada actividad determinada, dentro del marco del programa de capacitación ( currículum ).  Concluido dicho programa, y habiendo alcanzado los objetivos preestablecidos, con acreditación de la suficiente idoneidad, le otorga su aval de certificación ( titulación ), que es la culminación del proceso educativo.
Otros mecanismos sin embargo, deberá sortear el profesional para la habilitación de su título, en algunos casos simplemente administrativos ( inscripción o matriculación automática ); en otros, verdaderas pruebas de idoneidad que certifiquen su inserción en los planes o políticas del sector social en que desarrollará su actividad ( acreditación-legitimación ), con lo que obtendrá el espacio para el desempeño de la misma.  La legislación lo encuadrará y le asignará responsabilidades ( leyes provinciales, colegiación, art.2 de la ley nacional 17132/67, etc. ).  El marco jurídico del Estado de Derecho, lo protegerá al establecer la legislación sobre el ejercicio ilegal ( art. 208 del Código Penal ), y al mismo tiempo controlará los posibles excesos y desvios en que pueda incurrir ( tribunales disciplinarios, de ética, legislación por mala praxis, etc. ), pero en última instancia, la misma sociedad que impulsó su nacimiento y desarrollo, a través de mecanismos no tan específicos, hará el seguimiento y evaluación de los resultados esperados y obtenidos, marcando los niveles de prestigio, poder, jerarquia, consenso e influencia, que determinarán los rangos de aceptación, reconocimiento y estima de la profesión.
Por todo ello, resultaría suicida para una profesión, esperar que los mecanismos sociales y legales determinen cambios en la formación y ejercicio profesional, con independencia de su participación y eventual liderazgo.  Una permanente autoevaluación, inserta en el contexto en el que se desarrolla la educación odontológica, determinará los cambios que permitirán la obtención y permanencia en el tiempo, de un producto adecuado al medio.

Continuará.

jueves, 14 de julio de 2011

LA ENSEÑANZA DE LA ODONTOLOGÍA

En un artículo anterior, hemos mencionado los artículos 42 y 43 de la ley de educación superior, en los que se hace referencia a la cumplimentación de tres condiciones por parte de las instituciones formadoras del recurso humano profesional : la carga horaria mínima, los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre la intensidad de la formación práctica.                                               Desarrollaremos a continuación cada uno de ellos.

LA CARGA HORARIA MINIMA                        

Si se piensa que la estructuración de un currículum y la determinación de los contenidos de sus asignaturas, constituye el broche de la programación educativa de una escuela de odontología, es porque tal vez no se ha comprendido de manera cabal el sentido eminentemente político que debe animar a quienes poseen la enorme responsabilidad de fundar una institución educativa, o de evaluarla para su acreditación.   La formulación de un conjunto de materias o areas temáticas con sus correspondientes contenidos, representa el " que " de un proceso educativo. Si se analiza la metodología a través de la cual se transmitirá el conocimiento y luego se evaluará el alcance de los objetivos propuestos, debemos saber que ello representa el " como " del proceso. Sin embargo, no puede considerarse cerrado el círculo si no se explicita un orden curricular y una asignación de espacios temporales para cada area curricular y para cada materia. Esta decisión, que representa el " cuando " del proceso, constituye el arma que determina el peso que cada sector impronta en el programa global.  Es sabido que la duración de una carrera universitaria, no puede exceder ciertos límites de tiempo que la comunidad conceptúa como razonables para el alcance de los objetivos planteados, pero a nadie escapa que cuando se fija una carga horaria para un area o asignatura específica, ésta debe guardar una relación armónica con las otras areas o asignaturas en cumplimiento de una política educativa, y que cuando se incrementa dicha carga para un sector curricular en particular, debe hacerse en desmedro de otro, y ello puede alterar el sentido de dicha política.                                                                  
Basta con reproducir la recomendación N° 4 de la Asociación de Escuelas Dentales de los EE.UU de Norteamérica, en conjunto con el Instituto de Medicina (IOM) cuando propone "eliminar los contenidos marginalmente útiles y redundantes y reducir las cargas de cursos excesivas", incluyendo pasos como : 
1.- Diseñar un programa de estudios integrado de ciencias básicas y clínicas, que proporcione una educación clínicamente relevante en ciencias básicas y una educación con base científica en la asistencia clínica. 
2.- Incorporar en todas las actividades educativas, un enfoque sobre los resultados y un énfasis en la relevancia del conocimiento y el pensamiento científico para las opciones clínicas. 
3.- Dedicar menos horas del programa de estudios a las exposiciones teóricas, y más a los seminarios guiados y otras estrategias de aprendizaje que desarrollan el pensamiento crítico y las técnicas para la solución de problemas.
4.- Identificar y disminuir las horas dedicadas a las técnicas preclínicas de poca prioridad, el trabajo de laboratorio y las exposiciones orales.
5.- Complementar las horas clínicas, con tiempo asignado a la discusión de diagnósticos específicos, a la planificación, y a los asuntos relacionados con la conclusión de tratamientos que surjan en las sesiones clínicas.

Bastaría tán solo con éste ejemplo, para darnos cuenta que, con idénticos contenidos, puede cambiarse el eje director de un plan de estudios con solo alterar las relaciones temporales de sus partes constitutivas. El criterio que define la carga horaria mínima de una carrera, se basa en la "garantia de una adecuada formación del graduado, respetando los alcances asignados al título, e implica que dicha carga horaria debe alcanzar un quantum, que se estime como el adecuado a la jerarquia del mismo y a su prestigio académico", pero por sobre todas las cosas, que permita delinear el perfil profesional que la comunidad requiere para dar solución a los problemas que plantea un determinado area del conocimiento y de los servicios que lo asisten.  La determinación por tanto, de la duración en horas de una carrera, no será otra que la sumatoria de la duración de cada una de las actividades que conforman los contenidos curriculares básicos, obviando las repeticiones, los cursos de refresco y la currícula oculta, que no deben formar parte de dicha carga.

         Continuará.                                                                                                                                   

viernes, 24 de junio de 2011

ACREDITACIÓN DE LA CARRERA DE ODONTOLOGÍA.

El artículo 45 de la ley 24521, hace mención a los "patrones" y "estándares" que establecerá el Ministerio, previa consulta con el Consejo de Universidades a los efectos de ser aplicado en los procesos de acreditación de carreras universitarias que otorgan títulos con reconocimiento oficial.
La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) creada por la misma ley, es la encargada de llevar a cabo la evaluación de las carreras y su consecuente acreditación, y define a los estándares como " los enunciados normativos referidos a aspectos de la carrera que son susceptibles de medición, cuali y cuantitativamente, y que las carreras de grado deben satisfacer para que se les reconozca un determinado nivel de calidad ".  Los artículos 42 y 43, hacen referencia a la cumplimentación por parte de las instituciones que otorgan títulos, de una "carga horaria mínima, contenidos curriculares básicos y criterios sobre la intensidad de la formación práctica " que establezcan el Ministerio de Cultura y Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades.
Se desprende de su lectura, que éstos elementos constituirán la base para el establecimiento de los respectivos estándares, aunque no fijan los alcances de cada uno de ellos, siendo necesario por tanto determinar los componentes que le darán pertinencia y que permitirán una evaluación más precisa.
Los distintos mecanismos de evaluación disponibles, entre los que merece mencionarse la autoevaluación, que utiliza la filisofía del "análisis prospectivo", que publicaremos en la próxima entrada, tanto en sus atributos como en sus indicadores, permiten el enunciado de verdaderos patrones o estándares que apuntan a la obtención de niveles aceptables de calidad, tanto en el proceso en el que se desarrolla la carrera, como en el producto final que es el profesional que accede al título correspondiente. Sin embargo, resultaría por demás simplista pensar que la sola enunciación de la carga horaria, listar los contenidos básicos o mínimos y enumerar algunos criterios sobre la intensidad de la formación práctica, resultarían suficientes para evaluar una carrera, si además no se explicitan los fundamentos, los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje y el perfil a lograr en el graduado, todo ello apoyado en indicadores cuali-cuantitativos que respondan a los criterios que sustentan la creación o el desarrollo de la carrera, y que fueran tenidos en cuenta al momento de autorizar su funcionamiento, sin descartar las propuestas de reformas a futuro, consensuadas por la comunidad universitaria y su firme pertinencia con el contexto local, nacional, regional o universal. Estos temas serán abordados en futuras entradas.

viernes, 27 de mayo de 2011

EVALUACION Y ACREDITACION DE FACULTADES DE ODONTOLOGIA

Cuando una institución o un programa tengan que someterse a un proceso de evaluación para ser luego acreditados, deben poseer un acabado conocimiento previo de las pautas y objetivos que el evaluador tomará en consideración cómo instrumentos de medición o comparación.
Ningún educando, debe desconocer lo que se desea obtener de él al final del proceso de enseñanza-aprendizaje para saber si alcanzó los objetivos previstos en el mismo; y la evaluación no será otra cosa que demostrarlo.                                              
Por supuesto, que el punto crucial de éste mecanismo lo constituye la fijación de los objetivos y estándares de calidad, y en relación con la evaluación de instituciones educativas, habrá primero que definir que es la "calidad".
En cuanto a los estándares, habrá que preguntarse quien los fija, que significado tienen, o en torno a que conocimiento cientifico o a que formación profesional se lo establece. En éste aspecto, no caben dudas que la definición de un estándar, presupone un modelo de universidad, y la evaluación debe entonces articularse en un proyecto mas abarcador.
La mayoría de los sistemas de evaluación diseñados hasta la fecha, todavía no han logrado totalmente los propósitos establecidos por parte de sus propulsores, particularmente con respecto a los resultados comúnmente deseados de mejoramiento y confianza pública. Los sistemas permanentes de autoevaluación son los que concitan la mayor atención de las instituciones educativas, y en las facultades de odontología sean tal vez los que ofrecen mayores garantías para propiciar un constante avance en los patrones de calidad educativa.                                                           
Esta evaluación permanente o periódica permite obtener información sobre los efectos de la evaluación anterior, lo que se traduce en una atención permanente para mantener los centros universitarios en un nivel de calidad concordante con los ideales de excelencia que se trazaron previamente las propias instituciones.                 
La evaluación en una facultad de odontología, excede el marco de una simple estimación, apreciación o valoración del comportamiento de una institución educativa.                                     
Si se tiene en cuenta que las facultades o escuelas de odontología, responden en general a las cualidades que caracterizan a los centros de tecnología educacional en salud, tanto como formadores de recursos humanos, expansores del conocimiento científico y productores de servicios de salud; y que en tal situación, desarrollan planes y tecnología educativa, producen investigación básica, clínica, socioepidemiológica, operativa y educativa, y promueven y desarrollan la prestación de servicios asistenciales a la comunidad, la evaluación de todas éstas acciones conlleva una tarea compleja que primariamente debe caracterizar y merituar cada actividad por separado, pero finalmente debe integrar el conjunto para permitir fijar el perfil de la institución.
Si bien existen y han sido probados numerosos procedimientos evaluativos, los modelos a aplicar no pueden responder solo a esquemas rigurosos predeterminados, que impidan la especulación y la discusión en el seno de cada institución.
Por ello, a la luz de que los mecanismos evaluativos, se hallan indisolúblemente ligados a la fijación de los objetivos institucionales, en última instancia, evaluar significa verificar el logro de los avances y cambios en el desempeño institucional que fueran previstos al enunciar los objetivos perseguidos.                                                            
De allí, que la tarea educativa, debe llevarse a cabo sobre la base de los objetivos y fines que se asigna cada institución, en el marco de los criterios sustentados por la generalidad de las demás instituciones similares, teniendo como contexto global, la política gubernamental establecida para el sector a través de un amplio consenso con participación multisectotrial.                                   
De ésta manera, cada institución puede y debe llevar a cabo su propia autoevaluación, como paso previo e insustituible a la evaluación externa.        
Ninguna evaluación debe ser impuesta unilateralmente, mucho menos a través de mecanismos desconocidos por la institución evaluada, y menos aún por fuera de un adecuado marco jurídico que avente el temor a la arbitrariedad.                                                      
La evaluación así entendida, representa un instrumento de ajuste relativo al cumplimiento de las metas autopropuestas y de la exigencia social, constituyendo un mecanismo que compensa y balancea con responsabilidad y transparencia, la delegación de funciones y la autonomía que la comunidad le confiere a la universidad.              


Continuará.

jueves, 19 de mayo de 2011

LA FORMACIÓN DEL ODONTÓLOGO

La enseñanza de la Odontología en el mundo, y especialmente en Argentina, ha atravesado una serie de etapas, en las cuales se le imprimió al proceso de enseñanza-aprendizaje, ciertas características que lo fueron adecuando a las demandas cambiantes impuestas por el contexto socio-político, los avances científicos y tecnológicos, los cambios impuestos en la metodología educativa, el avance técnico de los recursos instruccionales, las necesidades impuestas por los planes de salud, y, en muy escasa proporción, por las demandas de la población.
En la década de los 80 del siglo pasado, aparecen en la temática descripta, dos vocablos que representan concepciones concurrentes, a los efectos de eficientizar la acción de las instituciones educativas superiores, tendiendo a dotarlas, y al mismo tiempo exigirles, la adopción de mecanismos que les permitan adaptarse a los nuevos tiempos, y crear marcos normativos hacia el futuro. Dichos vocablos son la EVALUACIÓN y la ACREDITACIÓN.
La evaluación es un proceso previo, impuesto por fuera de la institución o autogestionado, que tiende a dotarla de los recursos, mecanismos, normas y procedimientos que garanticen una adecuada formación de los educandos.
La acreditación, no es otra cosa que el reconocimiento, por parte de la comunidad universitaria y de los resortes de control educativo, de la capacidad, tánto física como intelectual de la institución.
En entradas posteriores, iremos analizando los distintos aspectos relativos a la historia, el desarrollo, los cambios y los resultados, que la Universidad ha atravesado y mostrado, desde sus inicios hasta la actualidad.