Todos los establecimientos de salud, incluidos los consultorios profesionales del área, como consecuencia de su trabajo sobre seres humanos generalmente enfermos local o sistémicamente, producen una serie de desechos o basura patogénica cuyo tratamiento requiere de una serie de medidas destinadas a evitar su diseminación y su acción nociva sobre la salud de las personas, incluidos los propios profesionales.
El consultorio odontológico es un seguro generador de residuos peligrosos con material potencialmente nocivo, tanto desde el punto de vista tóxico como infeccioso, que poseen capacidad de daño sobre la salud en general y sobre el medio ambiente.

Córdoba...................ley 2149
Santa Cruz...............ley 2567
La Pampa.................ley 1466
Santa Fe.............decreto 1844
La Rioja....................ley 8735
Chaco........................ley 3946
Buenos Aires.............ley 11720
Misiones....................ley 3660
Los residuos generados en el ejercicio de la práctica odontológica son de naturaleza sólida o líquida, e incluyen sustancias toxicas, productos punzo-cortantes, sustancias químicas que pueden lesionar los tejidos orgánicos, material potencialmente nocivo como microorganismos de distinto tipo, y productos que pueden dañar el medio ambiente. Elementos como guantes, mascarillas, gasas, algodones, agujas, hojas de bisturí, cartuchos de anestesia, elementos rotatorios, papeles descartables, baberos, líquidos reveladores y fijadores de radiografías, despojos tisulares, piezas dentarias, materiales restaurativos, mercurio y aditamentos ortodóncicos y protéticos, muchos de ellos con poder infectante se desechan diariamente.
Todos éstos elementos deben ser separados de la basura doméstica, y tratados adecuadamente dentro o fuera del ámbito de trabajo.
Los pasos destinados a dar el tratamiento adecuado a todos éstos productos incluyen :
1.- Identificación
2.- Recolección
3.- Aislamiento
4.- Tratamiento
5.- Transporte
6.- Disposición final
Todos los desechos perfectamente individualizados deben introducirse, con las manos enguantadas en recipientes especiales.

Sería muy conveniente, disponer en el consultorio de un autoclave o aparato específico como el Bio 5000, a los efectos de volcar en él los residuos contaminados para su descontaminación antes de ingresarlos a la bolsa correspondiente. Todo el material descontaminado puede ser considerado basura domiciliaria.

El odontólogo, a los efectos de prevenir efectos adversos para su salud, la de sus pacientes, su familia y el medio ambiente en general, debe considerar a cada paciente como potencialmente infeccioso, y nutrirse de toda la información que le permita adoptar las medidas que correspondan.
Según una investigación realizada en México, el consultorio dental produce diariamente entre 60 y 800 gramos por día de residuos peligrosos ( 250 g. de promedio ). Solo el 72 % de los odontólogos los clasifica, el 90 % conoce las disposiciones reglamentarias, y solo el 50 % los coloca en recipientes adecuados.
A pesar que la preocupación y reglamentación sobre los residuos peligrosos en el área de la salud, ya lleva más de 30 años, en algunos países todavía no ha motivado suficientemente a las autoridades sanitarias y a los propios profesionales. Existe sin embargo suficiente evidencia en el mundo sobre la necesidad de encarar seriamente dicha temática.
Decíamos en una publicación de hace varios años, que " el odontólogo, tal vez por las características físicas de su trabajo, todavía no ha logrado sacudirse totalmente de los estigmas del individualismo, y a veces es tan marcado, que tercamente construye su propia inseguridad. Las modalidades del ejercicio de la profesión odontológica, le imponen riesgos suplementarios a su común existencia, y ello supone la búsqueda de una fuerza de reserva que le permita enfrentarlos y vencerlos, y que se adquiere a través de la rígida aplicación de algunas sanas reglas de vida y de algunos concretos criterios científicos ".
Continuará.
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